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Ley
Ley de Bibliotecas de la Ciudad de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de Bibliotecas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad de México va a hablar con las autoridades de educación para que se incluyan estudios sobre bibliotecas. La idea es formar investigadores que sepan cómo mantener las bibliotecas funcionando bien, siempre actualizadas y con nuevos servicios. Esto sería para que la Red de Bibliotecas de la ciudad nunca se quede atrás y siempre esté mejorando. En pocas palabras, quieren que haya personas preparadas para que las bibliotecas públicas estén al tiro con lo que la gente necesita.

Texto oficial

Artículo 21. El Gobierno de la Ciudad de México promoverá, ante las instancias educativas correspondientes, la inclusión de estudios bibliotecológicos que procuren investigadores capaces de garantizar el funcionamiento progresista, innovador y permanente de la Red de Bibliotecas.

Ver texto oficial de la Ley de Bibliotecas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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