- Ley
- Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
- Artículo
- 35
Artículo 35 de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Ciudadano está formado por 13 personas: 5 familiares de víctimas, 4 expertos con mucha experiencia en derechos humanos y búsqueda de personas desaparecidas (uno de ellos siempre debe ser especialista en medicina forense), y 4 representantes de organizaciones que defienden a víctimas y derechos humanos. Todos ellos son elegidos por el Congreso de la Ciudad de México, pero antes deben hacer una consulta pública con familiares, grupos de víctimas y expertos. Su cargo dura 3 años, no pueden repetirlo, y mientras estén en el puesto no pueden tener ningún trabajo en el gobierno.
Texto oficial
Artículo 35. El Consejo Ciudadano está integrado por: Cinco Familiares; Cuatro especialistas de reconocido prestigio y con experiencia comprobable en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de Personas Desaparecidas o en la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General. Se garantizará que una de las personas especialistas siempre sea en materia forense, y Cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil de defensa de víctimas y de derechos humanos materia de esta Ley. Los integrantes a que se refieren las fracciones anteriores deben ser nombrados por el Congreso de la Ciudad de México a través de la Comisión de Atención Especial a Víctimas, previa consulta pública con las organizaciones de Familiares, de las organizaciones defensoras de víctimas y de los derechos humanos, de los grupos organizados de Víctimas y expertos en las materias de la Ley General. La duración de su función será de tres años, sin posibilidad de reelección, y no deberán desempeñar ningún cargo en el servicio público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.