Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-caja-prevision-policia-preventiva-distrito-federal/49
Ley
Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
49

Artículo 49 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es como la junta directiva de la Caja (una institución de ahorro o crédito). Sus responsabilidades son planear, revisar y controlar cómo funciona la Caja, asegurándose de que cumpla sus metas. También decide cómo se gasta el dinero, qué prestamos y servicios se ofrecen, y cuánto se puede prestar para comprar casa (incluyendo precios y plazos para pagar). Además, aprueba los planes anuales, los presupuestos, los informes financieros y los manuales de trabajo. En resumen, se encarga de que todo esté bien organizado y funcione de acuerdo a la ley.

Texto oficial

Artículo 49.- Al Consejo corresponde: Planear, controlar y evaluar los servicios y operaciones de la Caja y dictar los lineamientos generales para el debido cumplimiento de sus fines; Revisar y, en su caso, aprobar los programas anuales y de mediano plazo de la Caja, así como sus calendarios de trabajo: Dictar los acuerdos que correspondan para el otorgamiento de las prestaciones y servicios establecidos en esta Ley; Decidir las inversiones de los fondos y reservas de la Caja; Determinar los montos máximos de crédito para la adquisición de vivienda, los precios de venta, y los plazos para la amortización de los adeudos; Expedir y en su caso modificar los manuales e instructivos de organización y de servicios de la Caja; Revisar el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Caja y una vez aprobado enviarlo al Departamento, quien lo hará llegar a la Secretaría de Programación y Presupuesto; Examinar y en su caso aprobar, el balance anual y los estados financieros de la Caja; Analizar y en su caso aprobar el informe que anualmente rinda el Gerente General de la Caja; Conocer el dictamen que emita el Comisario en relación con el informe anual de labores del Gerente General de la Caja, y Las demás funciones que esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables le señalen y las que sean necesarias para la mejor organización y gobierno de la Caja.

Ver texto oficial de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.