- Ley
- Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La caja te va a dar una credencial que demuestra que eres beneficiario de esta ley. Con esa credencial puedes ejercer tus derechos, como pedir los servicios o apoyos que te corresponden. En la credencial van a aparecer tus datos personales, pero esos datos los define el reglamento, o sea, las reglas más detalladas de la ley. Así que guarda bien ese documento, porque es tu pase para acceder a lo que te toca.
Texto oficial
Artículo 7o.- La caja expedirá a todos los beneficiarios de esta Ley un documento de identificación, a fin de que puedan ejercitar los derechos que la misma les confiere según el caso. En dicho documento se anotarán los datos que establezca el reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.