Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-caja-prevision-policia-preventiva-distrito-federal/6
Ley
Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si eres trabajador o familiar con derechos (derechohabientes), debes darle a la Caja y al Departamento dos cosas: primero, los nombres de tus familiares que tengan derecho a recibir beneficios según esta ley, como seguro o servicios. Segundo, tienes que entregar cualquier informe o documento que te pidan para comprobar que estás cumpliendo con lo que dice la ley. Esto es para que las autoridades puedan verificar quiénes tienen derecho y que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 6o.- Los elementos están obligados a proporcionar a la Caja y al Departamento: Los nombres de los familiares que tengan el carácter de derechohabientes conforme a esta Ley, y Los informes y documentos probatorios que se les pidan, relacionados con la aplicación de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.