- Ley
- Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si eres trabajador o familiar con derechos (derechohabientes), debes darle a la Caja y al Departamento dos cosas: primero, los nombres de tus familiares que tengan derecho a recibir beneficios según esta ley, como seguro o servicios. Segundo, tienes que entregar cualquier informe o documento que te pidan para comprobar que estás cumpliendo con lo que dice la ley. Esto es para que las autoridades puedan verificar quiénes tienen derecho y que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 6o.- Los elementos están obligados a proporcionar a la Caja y al Departamento: Los nombres de los familiares que tengan el carácter de derechohabientes conforme a esta Ley, y Los informes y documentos probatorios que se les pidan, relacionados con la aplicación de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.