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Ley
Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a organizar un evento público, tienes que entregar un formato de aviso junto con el programa del evento. En ese programa debes incluir: de qué trata el espectáculo y cómo va a ser; cómo lo vas a anunciar o promocionar; las fechas y horas en que se va a realizar; cuánto costarán los boletos; y cuántas personas pueden entrar al lugar donde se hará.

Texto oficial

Artículo 21.- El interesado estará obligado a acompañar al formato de aviso de presentación de Espectáculo público, el programa del evento, en el que se deberá especificar lo siguiente: El tipo y contenido del Espectáculo público a presentar; La publicidad por medio de la cual se pretende difundir; Los horarios y fechas en que se pretenda llevar a cabo; El precio de las localidades que se expenderán, y El aforo autorizado.

Ver texto oficial de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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