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Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia es la encargada de decidir cómo va a funcionar el Autenticador (un sistema para que te identifiques en línea con el gobierno). También tiene que elegir las reglas y la tecnología que usarán las dependencias y las alcaldías para que puedas hacer trámites con un solo inicio de sesión. Además, define cómo vincular tus datos personales, como tu cara o huellas, a tu Cédula Ciudadana a través de servicios y programas. La Agencia decide qué tipo de firma electrónica será válida para tus trámites y se encarga de capacitar a las oficinas del gobierno para que todo funcione bien. Por último, debe avisarle al Consejo de Gobernanza Tecnológica cómo va el proyecto.

Texto oficial

Artículo 11. Corresponde a la Agencia las siguientes atribuciones: Establecer los procedimientos y emitir los lineamientos y demás normativa que sea necesaria para la implementación del Autenticador; Diseñar la estrategia de desarrollo del Autenticador para su implementación en la Ciudad de México; Determinar las tecnologías de la información y comunicaciones que deberán utilizar la Administración Pública y las Alcaldías para la implementación del Autenticador; Definir el procedimiento para que las Personas puedan tramitar el Inicio de Sesión Único; Establecer la estrategia para asociar los datos biométricos de una Persona a una Cédula Ciudadana a través de los trámites, programas sociales, acciones de gobierno, servicios y demás puntos de contacto de la ciudadanía con la Administración Pública y las Alcaldías; Designar a la unidad administrativa que fungirá como Unidad de Firma Electrónica; Determinar la o las firmas electrónicas que tendrán validez jurídica para los trámites, programas sociales, acciones de gobierno, servicios y demás puntos de contacto de la ciudadanía con la Administración Pública y las Alcaldías; Fomentar y difundir el uso de firmas electrónicas y otros mecanismos reconocidos de validación digital en todos los trámites y servicios; Formular los requisitos específicos, directrices y lineamientos para la implementación y uso del Autenticador; Emitir las disposiciones normativas para la incorporación de la Firma Electrónica en los trámites y servicios y demás actos jurídicos y administrativos prestados por la Administración Pública y las Alcaldías; Requerir a la Administración Pública y las Alcaldías cualquier información, datos y/o documentación para la implementación del Autenticador; Brindar la asesoría técnica y capacitación a la Administración Pública y las Alcaldías para la implementación de Autenticador; Informar al Consejo de Gobernanza Tecnológica sobre el desarrollo y la implementación del Autenticador; y Las demás que le otorguen otros ordenamientos aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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