- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando uses un canal digital (como un sitio web o una app del gobierno o alcaldía) para hacer un trámite, estás aceptando automáticamente que todas las notificaciones que te manden, como avisos o respuestas, te lleguen por ese mismo canal. Eso significa que no tienes que decir "sí" por escrito: con solo hacer la solicitud ya das tu visto bueno. Además, esas notificaciones tendrán el mismo valor legal que si te las entregaran en papel o en persona.
Texto oficial
Artículo 14. Cuando la Persona presente una solicitud por medio de un Canal Digital ante la Administración Pública o Alcaldía, implicará la aceptación implícita de que las notificaciones le sean efectuadas a través del mismo Canal Digital, así como los efectos jurídicos de dichas notificaciones. CAPÍTULO IV CONSEJO DE GOBERNANZA TECNOLÓGICA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.