- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Autenticador Digital Único es un sistema que te permite hacer trámites en línea con el gobierno de la Ciudad de México y las alcaldías. Sirve para que puedas gestionar servicios, firmar documentos legales o hacer cualquier otro asunto oficial sin tener que ir a una oficina. Este sistema está formado por cinco herramientas: la Cédula Ciudadana (tu identificación digital), los Expedientes Electrónicos (tus documentos guardados en internet), el Inicio de Sesión Único (una sola cuenta para acceder a todo), las firmas electrónicas (para firmar documentos desde tu celular o computadora) y el Riel de Interoperabilidad (que permite que las distintas dependencias compartan información de manera segura).
Texto oficial
Artículo 20. El Autenticador Digital Único es el conjunto de herramientas tecnológicas que permite la interacción digital entre las Personas, la Administración Pública y las Alcaldías, a fin de realizar trámites, servicios y demás actos jurídicos y administrativos. El Autenticador se compone por las siguientes herramientas: La Cédula Ciudadana; Los Expedientes Electrónicos El Inicio de Sesión Único; Las firmas electrónicas de las Personas; y, El Riel de Interoperabilidad. CAPÍTULO II CÉDULA CIUDADANA Y EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.