- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia va a crear una herramienta en internet (como un sistema) para darte una identificación digital que te permita entrar con un solo usuario y contraseña a todos los sitios web del gobierno y las alcaldías. Con esa herramienta, podrán conectar tu perfil con tu Cédula Ciudadana (tu documento de identidad oficial) y con tus Expedientes Electrónicos (tus registros digitales) en cualquier sistema del gobierno donde tengas cuenta. Así, con un solo acceso podrás moverte entre todos los trámites y servicios gubernamentales sin tener que registrarte otra vez.
Texto oficial
Artículo 32. La Agencia desarrollará una herramienta tecnológica para otorgar las credenciales de acceso que permita a las Personas utilizar el Inicio de Sesión Único en los Canales Digitales de la Administración Pública y las Alcaldías. Dicha herramienta permitirá vincular el perfil relacionado a su Cédula Ciudadana y a sus Expedientes Electrónicos en cualquiera de los sistemas gubernamentales de los que sean usuarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.