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Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
36

Artículo 36 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para asegurarse de que eres quien dices ser al iniciar sesión de manera verificada, la Agencia va a revisar tu identidad usando fuentes oficiales de información. Por ejemplo, puede consultar datos del Registro Nacional de Población (como tu CURP), tu RFC del SAT, actas del Registro Civil, tu credencial del INE, tu pasaporte, tu cédula profesional o registros migratorios. También pueden usar otras fuentes que se indiquen más adelante en el reglamento. Así verifican que los datos que das sean correctos y nadie se haga pasar por ti.

Texto oficial

Artículo 36. Para validar la identidad de la persona vinculada al Inicio de Sesión Verificado, la Agencia se apoyará en fuentes de confianza, entre otras, las siguientes: El Registro Nacional de Población; El Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria; El Registro Civil de la Ciudad de México; El Registro Nacional de Electores; La información relacionada con pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República; El Registro Nacional de Profesionistas de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno de la República; Los registros del Instituto Nacional de Migración; y, Las demás que se especifiquen en el Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.