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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ciudadania-digital/37
Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
37

Artículo 37 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia se encarga de juntar tus datos biométricos (como tu huella o el escaneo de tu rostro) con tu Cédula Ciudadana (que es tu nueva identificación oficial). Para hacer esto, la Agencia va a pedir ayuda al gobierno y a las Alcaldías, cada quien en lo que le toca. Ellos tendrán que seguir los pasos que la Agencia les indique para conectar toda esa información al Autenticador (que es un sistema que verifica que seas tú). Esto es parte de cómo funciona la Firma Electrónica, que es como tu firma digital para hacer trámites.

Texto oficial

Artículo 37. La Agencia será responsable de asociar los datos biométricos de una persona física a su Cédula Ciudadana, para lo cual se auxiliará de la Administración Pública y las Alcaldías en el ámbito de sus competencias; quienes deberán implementar los procedimientos determinados por la Agencia para vincular la información al Autenticador. CAPÍTULO IV FIRMA ELECTRÓNICA

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.