- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 60
Artículo 60 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías pueden pedir que se transfiera todo un documento o solo ciertos datos que estén en tu Expediente Electrónico, pero solo si lo necesitan para hacer su trabajo. Para eso, necesitan tu permiso claro y por medios digitales, como un correo o un clic en una página. Ese permiso debe seguir las reglas de la ley que protege tus datos personales.
Texto oficial
Artículo 60. La Administración Pública y las Alcaldías podrán solicitar la portabilidad total de un documento o de información específica contenida en el Expediente Electrónico de una Persona, siempre que sea para el cumplimiento de sus atribuciones y se cuente con el consentimiento expreso de manera digital de la Persona titular de los datos personales, en los términos establecidos por la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.