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Ley
Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 11 dice que los Comités de Administración y los Grupos Solidarios —que son los equipos de personas encargadas de operar los comedores comunitarios o populares— deben formarse según lo que marca el Reglamento y las Reglas de Operación. Todos los integrantes tienen las mismas responsabilidades y tareas, sin que nadie esté por encima de otro, y deben cumplir con varias obligaciones, como manejar los insumos de manera clara y eficiente, dar una ración de comida a quien la pida y pague la Cuota de Recuperación, y cuidar el equipo que les presta el Gobierno. También tienen que respetar la cuota establecida, mantener la imagen oficial de los comedores, llevar un registro diario de las personas que usan el servicio, seguir las recomendaciones de protección civil, y asegurarse de que las raciones sean sanas y balanceadas. Además, la persona encargada de administrar el comedor y la presidencia del Grupo Solidario deben reportar periódicamente cómo se usaron los recursos, y todos deben evitar al máximo el desperdicio de comida, fomentando el uso responsable de los productos.

Texto oficial

Artículo 11.- Los Comités de Administración y Grupos Solidarios serán integrados con base en lo establecido en el Reglamento y las Reglas de Operación y compartirán de forma igualitaria las responsabilidades y tareas para la operación del comedor comunitario o un comedor popular, sin que se establezcan entre ellos relaciones de subordinación, cumpliendo equitativamente con las siguientes obligaciones: Operar de forma eficiente y transparente los insumos o apoyos que otorga el Gobierno de la Ciudad de México; Proporcionar a quien lo solicite una ración alimentaria previa entrega de la Cuota de Recuperación; Utilizar y conservar en buen estado el equipamiento otorgado por el Gobierno de la Ciudad de México; Respetar la Cuota de Recuperación establecida en el Reglamento; Respetar la imagen institucional de los comedores establecida en el Reglamento; Llevar un registro diario de las personas usuarias y beneficiarias del programa de comedores y entregarlo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento o Reglas de Operación correspondiente;; Cumplir con las recomendaciones hechas por las autoridades en materia de protección civil; Cumplir con lo establecido en el Reglamento y las Reglas de Operación correspondientes a cada comedor; Cuidar que las raciones alimenticias que se proporcionen sean sanas, nutritivas y balanceadas; La persona responsable administradora de la operación de un comedor comunitario, deberá informar periódicamente, conforme al Reglamento y Reglas de Operación, el destino de los recursos otorgados, y La presidencia del Grupo Solidario deberá informar periódicamente, conforme al Reglamento y Reglas de Operación, el destino de los recursos otorgados. Evitar en lo máximo posible el desperdicio y merma de alimentos en el funcionamiento de los comedores sociales y comunitarios, y Fracción adicionada G.O. CDMX 04/03/24 Fomentar la valorización y aprovechamiento de productos y materiales utilizados, con el objetivo de motivar su consumo responsable, sostenible y evitar su desperdicio injustificado. Fracción adicionada G.O. CDMX 04/03/24

Ver texto oficial de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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