- Ley
- Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los comedores comunitarios son lugares físicos que deben cumplir con ciertas reglas y requisitos que define la autoridad encargada, y los van a operar los Comités de Administración. La autoridad, junto con esos comités y grupos de la sociedad, se van a encargar de revisar que todo funcione bien y como dice la ley. Estos comedores no se van a tratar como negocios o establecimientos comerciales, porque su objetivo no es ganar dinero, sino garantizar un derecho humano y apoyar acciones sociales del Gobierno de la Ciudad de México. Por eso, no les aplican las reglas de verificación de los comercios normales. En pocas palabras, son espacios para ayudar a la gente, no para hacer negocio.
Texto oficial
Artículo 15.- Los comedores comunitarios serán espacios físicos que cumplan con las características y requisitos establecidos en los criterios para su funcionamiento, establecidos por la Autoridad Responsable y serán operados por los Comités de Administración. La Autoridad Responsable en coparticipación con los comités de administración y los grupos sociales verificarán el correcto funcionamiento y ejecución de la operación de los comedores comunitarios, de conformidad con lo establecido en la presente Ley. La operación de los comedores comunitarios de la Ciudad de México no será regulada por la normatividad aplicable al funcionamiento de los establecimientos mercantiles, así como tampoco a su verificación, en virtud de que la finalidad de su operación no es la obtención de un lucro, sino el ejercicio y goce de un Derecho Humano y la promoción de acciones sociales implementadas por el Gobierno de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.