- Ley
- Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
- Artículo
- 6
Artículo 6 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad encargada de ciertos trámites o servicios va a trabajar en equipo con otras oficinas del gobierno de la Ciudad de México. Esto incluye tanto a las dependencias centrales (como secretarías) como a las alcaldías, que son los órganos políticos administrativos. Cada una de estas oficinas se encargará de lo que le toca según sus propias funciones o atribuciones, sin meterse en lo que no le corresponde. Básicamente, es una regla para que el gobierno no trabaje aislado y se coordine mejor entre sus partes. Así, los servicios o trámites que te afectan a ti pueden resolverse más ágilmente entre todas las oficinas involucradas.
Texto oficial
Artículo 6.- La Autoridad Responsable se coordinará con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Centralizada, así como con los Órganos Políticos Administrativos de la Ciudad de México, en el marco de sus respectivas atribuciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.