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Ley
Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría va a buscar que distintas oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como dependencias, alcaldías y otros organismos, firmen acuerdos con personas o empresas (públicas o privadas). Esto lo hace para que trabajen mejor juntas y coordinadas, buscando que las zonas metropolitanas crezcan de forma ordenada y cuidando el medio ambiente. En pocas palabras, quieren hacer alianzas para que todo funcione más chido entre el gobierno y los particulares.

Texto oficial

Artículo 12. Con el fin de lograr el desarrollo armónico y sustentable de las zonas metropolitanas, la Subsecretaría promoverá entre las dependencias, órganos desconcentrados, entidades y alcaldías de la administración pública de la Ciudad de México, la firma de convenios con personas físicas, o personas morales públicas o privadas para el mejor desempeño de sus funciones en materia de coordinación metropolitana.

Ver texto oficial de la Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.