Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todas y todos los que vivimos en la Ciudad de México, porque es de interés público. Su objetivo es crear reglas para planear el crecimiento de la ciudad de forma ordenada, siguiendo las indicaciones del Instituto de Planeación de la CDMX. Busca que la ciudad se desarrolle de manera equilibrada y sustentable, mejorando aspectos como la vivienda, cómo nos movemos y nuestra calidad de vida. Para lograrlo, las distintas autoridades (como los gobiernos de la ciudad, los estados vecinos y los municipios) deben coordinarse entre sí, sobre todo en las zonas donde la ciudad se junta con el Estado de México y la región centro del país.
- Art. 2Este artículo solo define los nombres clave que se usan en toda la ley. Por ejemplo, cuando digan "Alcaldías", se refieren a las oficinas de gobierno de cada zona de la Ciudad de México, como Iztapalapa o Coyoacán. "Planeación estratégica" es simplemente el método que usan las dependencias públicas para decidir qué quieren lograr, cómo hacerlo y revisar si funciona. También aclaran que la "Zona Metropolitana del Valle de México" no es solo la ciudad, sino que incluye los pueblos y municipios de los estados vecinos que están tan conectados que necesitan planear servicios y obras juntos.
- Art. 3El Instituto es el encargado de organizar todos los planes de desarrollo para la Zona Metropolitana del Valle de México. La Secretaría de Gobierno de la Ciudad, junto con la Subsecretaría correspondiente y las Alcaldías, van a llevar a cabo las acciones que se acuerden con el Gobierno Federal, otros estados y municipios en las zonas que están cerca de la ciudad. Todo esto se hace siguiendo las reglas que ya están escritas en la Constitución de México y en la de la Ciudad de México. Básicamente, el artículo dice que hay un equipo que coordina los planes, y otro que los pone en marcha con los vecinos.
- Art. 4El secretario de Gobierno, a través de su área de enlace metropolitano, tiene la tarea de proponer y firmar acuerdos para crear comisiones que resuelvan problemas como el transporte, la basura, la seguridad, el agua o el medio ambiente, trabajando junto con las alcaldías, el gobierno federal y otros estados. También debe coordinar el trabajo de esas comisiones y asegurarse de que todas las dependencias de la ciudad participen en los temas que afectan a la zona metropolitana. Además, tiene que proponer cambios a las leyes cuando sea necesario, revisar que todo se haga conforme a las reglas, y fomentar la participación de científicos y expertos para mejorar el desarrollo de la ciudad y sus alrededores.
- Art. 5Para firmar un acuerdo entre varios municipios, primero se necesita un estudio hecho por expertos que no sean del gobierno, como universidades o centros de investigación reconocidos. Ese estudio debe ser aprobado por la Secretaría de Gobierno (la dependencia que coordina asuntos políticos del estado). Además, al hacer estos acuerdos, se debe tomar en cuenta a las alcaldías (los gobiernos de cada delegación o municipio) para que participen y estén incluidas.
- Art. 6Los acuerdos entre municipios o estados para trabajar juntos en temas de ciudad no pueden durar más de cinco años. Pasado ese tiempo, pueden renovarse, pero solo después de que se revisen cómo van las cosas y si todo sigue igual. Esto aplica tanto a los convenios de coordinación metropolitana como a los acuerdos del mismo tipo. Es como un contrato que tiene fecha de caducidad, pero que se puede extender si se chequea que todo está bien.
- Art. 7Las comisiones metropolitanas, que son grupos de trabajo de varias ciudades, y las que se creen en el futuro, tienen la obligación de incluir en sus acuerdos a la Subsecretaría (una dependencia del gobierno). Esto es para que la Subsecretaría, dentro de lo que le corresponde hacer, ayude a que las comisiones cumplan bien con su trabajo. En palabras más simples, si hay un grupo que atiende problemas de varias ciudades, debe invitar a esa oficina a participar en los pactos que hagan, para que eche la mano en lo que toca. Es como asegurarse de que todos los involucrados colaboren.
- Art. 8Las oficinas del gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías que hayan firmado acuerdos con el Estado de México o que estén en la zona cerca de la frontera, deben crear un área especial en su organización. Esa área debe encargarse de entender y resolver los asuntos relacionados con esta zona compartida. En otras palabras, si tu Alcaldía está en el límite con el Estado de México, tiene que poner un equipo para manejar estos temas.
- Art. 9La Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México va a publicar unas reglas (llamadas bases) para hacer convenios entre distintas zonas de la ciudad. Esas reglas servirán para ponerse de acuerdo sobre qué territorios y trabajos abarcan las obras o servicios públicos que se hagan juntos. También dirán quién pone el dinero, el personal y los materiales necesarios para que funcione todo. Además, establecerán cómo regular el crecimiento de las zonas que están pegadas entre sí. Todas las oficinas del gobierno de la ciudad, incluyendo las Alcaldías, tienen que cumplir estas reglas.
- Art. 10La Subsecretaría solo puede meterse en temas de límites de la Ciudad de México si primero se pone de acuerdo con el Secretario de Gobierno. Su trabajo es ayudar a poner mojoneras (esos postes o marcas que indican dónde empieza y termina un territorio) y señalizar los límites entre la Ciudad de México y los estados vecinos. También puede dar su opinión sobre esos asuntos, pero siempre con el visto bueno del Secretario. En pocas palabras, no decide sola, sino que apoya en lo que le autoricen.
- Art. 11La Subsecretaría es la encargada de llevar a cabo lo que el Instituto decida sobre el desarrollo de la Ciudad de México, como las reglas del plan general. También tiene que trabajar en todo lo que ayude a que la ciudad y su zona metropolitana crezcan de manera completa y ordenada. En pocas palabras, esta oficina se asegura de que los planes para mejorar la ciudad se hagan realidad.
- Art. 12La Subsecretaría va a buscar que distintas oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como dependencias, alcaldías y otros organismos, firmen acuerdos con personas o empresas (públicas o privadas). Esto lo hace para que trabajen mejor juntas y coordinadas, buscando que las zonas metropolitanas crezcan de forma ordenada y cuidando el medio ambiente. En pocas palabras, quieren hacer alianzas para que todo funcione más chido entre el gobierno y los particulares.
- Art. 13La Comisión de Desarrollo Metropolitano puede pedirle en cualquier momento a la Subsecretaría los datos que necesite sobre cómo trabajan juntos el gobierno de la Ciudad de México y los del Estado de México. También puede sugerirle a esa Subsecretaría qué acciones tomar para mejorar esa coordinación. Además, esta Comisión debe buscar que los congresos de los estados que forman la Zona Metropolitana trabajen juntos en temas de desarrollo. Por último, tiene que fomentar, junto con la Secretaría de Gobierno de la CDMX, que los ciudadanos participen en crear, aplicar y evaluar las políticas públicas de coordinación, usando formas directas de participación como consultas o votaciones.
- Art. 14La Subsecretaría (que es una dependencia del gobierno) va a crear y manejar un sistema para juntar y estudiar información sobre la Zona Metropolitana de la Ciudad de México. Esto significa que van a recopilar datos de la ciudad y sus alrededores, como problemas de tráfico, población o servicios, para analizarlos y tomar mejores decisiones. En pocas palabras, se encargarán de tener toda la información ordenada y actualizada para entender cómo funciona esta zona tan grande.
- Art. 15Las comisiones metropolitanas tienen que dar a conocer, de manera constante y sin pausa, qué hacen y para qué sirven. Esto se hace a través de un programa de difusión que nunca se detiene. Así, la gente puede entender cómo trabajan y qué beneficios traen estas comisiones.
- Art. 16El artículo 16 dice que el Cabildo (el grupo de personas que gobierna la ciudad) va a proponerle al Consejo de Desarrollo Metropolitano cómo trabajar en equipo con otras zonas de la ciudad y la región. El artículo 17 explica que el Congreso de la Ciudad de México tendrá que aprobar, en el presupuesto anual, el dinero que la ciudad se comprometa a gastar en proyectos para el desarrollo de la zona metropolitana. Las reglas transitorias indican que esta ley comienza a aplicarse un día después de que se publique en la Gaceta Oficial, y que el Jefe de Gobierno tiene 60 días hábiles (sin contar fines de semana ni días festivos) para hacer los cambios administrativos necesarios. Además, algunas reformas posteriores también entran en vigor al día siguiente de su publicación, y dan hasta 90 días para actualizar los reglamentos. Todo esto lo firmaron el Jefe de Gobierno y otros funcionarios en diciembre de 2007.