- Ley
- Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley de Coordinación Metropolitana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México va a publicar unas reglas (llamadas bases) para hacer convenios entre distintas zonas de la ciudad. Esas reglas servirán para ponerse de acuerdo sobre qué territorios y trabajos abarcan las obras o servicios públicos que se hagan juntos. También dirán quién pone el dinero, el personal y los materiales necesarios para que funcione todo. Además, establecerán cómo regular el crecimiento de las zonas que están pegadas entre sí. Todas las oficinas del gobierno de la ciudad, incluyendo las Alcaldías, tienen que cumplir estas reglas.
Texto oficial
Artículo 9. La Secretaría de Gobierno emitirá, la propuesta de la Subsecretaría, las bases para la celebración de convenios de coordinación metropolitana en la Ciudad de México, conforme a las cuales: Se acuerden los ámbitos territoriales y de funciones respecto a la ejecución y operación de obras, prestación de servicios públicos o realización de acciones en las materias de coordinación metropolitana; Se establezcan las funciones específicas en las materias de coordinación metropolitana, así como la aportación de recursos materiales, humanos y financieros necesarios para su operación; y Se determinen las reglas para la regulación conjunta y coordinada del desarrollo de las zonas conurbadas, prestación de servicios y realización de acciones que acuerden los integrantes de las comisiones. Estas bases serán obligatorias para las dependencias, órganos desconcentrados, entidades y Alcaldías de la administración pública de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.