- Ley
- Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ves a un niño, niña o adolescente que esté en peligro de quedarse sin cuidado de su familia, tienes que avisarle al DIF (Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia). Eso aplica tanto para personas comunes como para autoridades. No importa quién seas, si te das cuenta de esa situación, debes reportarlo para que el DIF pueda actuar y proteger al menor.
Texto oficial
Artículo 23. Toda persona o autoridad darán aviso al Sistema para el Desarrollo Integral de cuando identifiquen a un niño, niña o adolescente en riesgo de perder sus cuidados familiares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.