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Ley
Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves a un niño, niña o adolescente que esté en peligro de quedarse sin cuidado de su familia, tienes que avisarle al DIF (Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia). Eso aplica tanto para personas comunes como para autoridades. No importa quién seas, si te das cuenta de esa situación, debes reportarlo para que el DIF pueda actuar y proteger al menor.

Texto oficial

Artículo 23. Toda persona o autoridad darán aviso al Sistema para el Desarrollo Integral de cuando identifiquen a un niño, niña o adolescente en riesgo de perder sus cuidados familiares.

Ver texto oficial de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.