- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada tres meses, las Alcaldías tienen la obligación de organizar, junto con grupos de ciudadanos, asociaciones civiles o escuelas, actividades para mantener limpios y en buen estado los parques, calles y demás lugares públicos. También deben promover que la gente participe en estas jornadas de limpieza y cuidado. Además, en esos mismos espacios públicos se deben realizar talleres, exposiciones, eventos culturales, artísticos o deportivos. Todo esto es para que tú y tu comunidad disfruten de lugares más bonitos y con más actividades.
Texto oficial
Artículo 19.- Las Alcaldías deberán organizar conjuntamente con los órganos de representación ciudadana, organizaciones de la sociedad civil y/o instituciones educativas, por lo menos en forma trimestral: Jornadas de limpieza, mantenimiento y conservación de espacios públicos, en las que se incentive la participación ciudadana. Talleres, exposiciones, muestras culturales, artísticas y/o deportivas en espacios públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.