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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/4
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes son los responsables cuando alguien comete una infracción (falta o delito leve). Las personas adolescentes y los mayores de 18 años se consideran responsables por sus propias acciones. También lo son las personas físicas (tú, yo, cualquier individuo) o morales (como empresas o asociaciones) que hayan ordenado que otra persona cometa la infracción. En pocas palabras, si mandaste a alguien a hacer algo malo, tú también eres responsable ante la ley.

Texto oficial

Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, son considerados como responsables las Personas Adolescentes, las personas mayores de dieciocho años de edad, así como las personas físicas o morales que hubiesen ordenado la realización de las conductas que importen la comisión de una infracción.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.