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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/83
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
83

Artículo 83 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes 15 días naturales (cuentos fines de semana y festivos) para presentar tu queja desde que ocurrió la probable falta. Si no presentas la queja en ese tiempo, pierdes el derecho a hacerlo. Pero si presentas tu queja antes de que terminen esos 15 días, el plazo se detiene y ya no cuenta.

Texto oficial

Artículo 83.- El derecho a formular la queja prescribe en quince días naturales, contados a partir de la comisión de la probable infracción. La prescripción se interrumpirá por la formulación de la queja.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.