- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 83
Artículo 83 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes 15 días naturales (cuentos fines de semana y festivos) para presentar tu queja desde que ocurrió la probable falta. Si no presentas la queja en ese tiempo, pierdes el derecho a hacerlo. Pero si presentas tu queja antes de que terminen esos 15 días, el plazo se detiene y ya no cuenta.
Texto oficial
Artículo 83.- El derecho a formular la queja prescribe en quince días naturales, contados a partir de la comisión de la probable infracción. La prescripción se interrumpirá por la formulación de la queja.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.