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Ley
Ley de Cunas de la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de Cunas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asamblea Legislativa de la CDMX tiene que incluir en el presupuesto de cada año el dinero suficiente para que las mujeres embarazadas, desde la semana 22 de embarazo, y los bebés de hasta 2 meses reciban gratis el paquete de maternidad "Cunas CDMX". Esto significa que el gobierno debe asegurarse de que haya presupuesto para entregar este apoyo sin costo. El paquete se entrega tal como lo dice el artículo 2 de esta misma ley.

Texto oficial

Artículo 14.- La Asamblea Legislativa de la CDMX deberá aprobar en el Decreto de Presupuesto Anual la asignación suficiente para hacer efectivo el derecho a recibir gratuitamente un paquete de maternidad “Cunas CDMX” a las mujeres embarazadas a partir de la semana 22 de gestación, así como a las niñas y niños de hasta 2 meses de edad, en los términos del artículo 2º de esta ley.

Ver texto oficial de la Ley de Cunas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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