Ley de Cunas de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todas las personas en la Ciudad de México y es obligatoria para todos. Su objetivo es asegurar que las niñas y niños tengan acceso a lo necesario para crecer y desarrollarse bien desde que nacen. También busca que puedan aprovechar los programas de ayuda del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la ciudad. Así, la ley ayuda a que durante su infancia y adolescencia puedan ejercer todos sus derechos humanos.
- Art. 2Este artículo dice que varias personas y grupos tienen la obligación de cuidar que se cumpla esta ley. El gobierno de la Ciudad de México y la Asamblea Legislativa son los primeros responsables. También los papás, abuelos, tutores (quienes cuidan legalmente a un niño) y cualquier familiar tienen que estar al pendiente. Además, todos los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad, como asociaciones o colectivos, deben vigilar que se respeten los derechos de las niñas y los niños.
- Art. 3El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la Ciudad de México es quien se encarga de aplicar esta ley. Ellos deciden cómo las mamás, papás o tutores pueden acceder a un paquete de maternidad para niñas y niños de hasta dos meses de edad. Todo esto se hace siguiendo lo que dice la ley y su reglamento.
- Art. 4Este artículo define quiénes tienen derecho a los beneficios de esta ley. Son los bebés de hasta dos meses de edad y las mujeres embarazadas desde la semana 22, que vivan en zonas de la Ciudad de México con muy bajo o bajo desarrollo social. "Derechohabiente" es una persona que tiene derecho a recibir un servicio o apoyo. La ley busca ayudar primero a quienes viven en las colonias o barrios más necesitados.
- Art. 5Por ley, a las mamás que tienen derecho a este beneficio se les va a dar un paquete de maternidad. Este paquete trae lo básico para que tu bebé esté en un lugar limpio, seguro y sano durante sus primeros meses de vida. También está pensado para animarte a dar pecho, cuidar de su salud y atender bien a tu hijo o hija. Es como un kit que te ayuda a empezar con todo lo necesario.
- Art. 6El artículo 6 dice que el beneficio solo se da a las mamás que cumplen con todo lo siguiente: que su bebé haya nacido y viva en la Ciudad de México, que el bebé tenga máximo dos meses de edad, o en el caso de mujeres embarazadas, que tengan al menos 22 semanas de embarazo. También pide que vivan en zonas de la ciudad con muy bajo o bajo nivel de desarrollo social, que es como decir las colonias más pobres o con menos servicios.
- Art. 7Este artículo habla de situaciones especiales donde una mamá y su bebé están en situaciones muy difíciles, como vivir en la calle, estar en la cárcel, pertenecer a un pueblo indígena, o si el papá o tutor pide los cuidados porque la mamá está muy enferma o falleció. En estos casos, aunque no tengan todos los papeles que normalmente piden, sí pueden recibir un paquete de cuidados para la mamá y el bebé. Para eso, las autoridades levantan un acta (un documento escrito) y toman fotos como prueba, pero siempre les entregan el apoyo sin excepción.
- Art. 8Como beneficiario de este programa, tienes que aceptar el paquete de cuidados para mamás y bebés. También debes cumplir con todos los requisitos que marca esta ley. Las mamás que reciban este apoyo se comprometen a darle pecho a su bebé durante sus primeros seis meses, a menos que un doctor les diga que no pueden por razones de salud.
- Art. 9Este artículo dice que, como el derecho a la salud debe ir mejorando poco a poco, el gobierno de la Ciudad de México va a hacer planes para que todas las niñas y niños puedan tener acceso a servicios de salud, sin importar si nacieron en un hospital público o privado. Lo único que importa es que vivan o nazcan en la Ciudad de México. Así, ningún niño se queda sin atención médica por el lugar donde nació.
- Art. 10El DIF de la Ciudad de México es la institución encargada de dar a conocer y manejar todo lo relacionado con el programa Cunas CDMX. Su obligación es informar cómo acceder a él y hacerlo del conocimiento de la gente. Para lograrlo, el DIF debe repartir volantes y poner carteles en sus centros comunitarios y en colonias donde hay mucha pobreza. Toda la información que publiquen debe estar en un lenguaje sencillo y claro, para que todas las personas lo entiendan sin importar su situación.
- Art. 11Si tú o alguien que conoces salió afectado por el Programa de Cunas CDMX, primero puedes presentar una queja por escrito directamente al DIF CDMX para reclamar. Si no estás de acuerdo con alguna decisión o resolución del programa, también puedes quejarte por escrito ante el jefe directo de la persona que tomó esa decisión, siguiendo las reglas de la Ley de Procedimiento Administrativo de la CDMX. Y si sientes que no se cumplió alguna regla del programa, puedes presentar tu queja por escrito a la Contraloría Interna del DIF CDMX, a la Contraloría General de la CDMX, o por internet en los portales de estas oficinas.
- Art. 12Los empleados del gobierno de la Ciudad de México deben cumplir con lo que dice esta ley y también con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Si hacen algo prohibido o dejan de hacer algo que debían hacer, son responsables. Eso aplica aunque sea una falta pequeña o un incumplimiento grave. En pocas palabras, si un funcionario público no sigue las reglas, le pueden exigir cuentas.
- Art. 13El Jefe de Gobierno de la CDMX tiene que asegurarse de que, en el presupuesto que propone cada año, haya dinero suficiente para dar gratis el paquete "Cunas CDMX". Este paquete se entrega a mujeres embarazadas desde la semana 22 del embarazo, y también a bebés de hasta 2 meses de edad. Básicamente, la ley obliga a que se aparten fondos para que este apoyo llegue sin costo a quienes lo necesitan.
- Art. 14La Asamblea Legislativa de la CDMX tiene que incluir en el presupuesto de cada año el dinero suficiente para que las mujeres embarazadas, desde la semana 22 de embarazo, y los bebés de hasta 2 meses reciban gratis el paquete de maternidad "Cunas CDMX". Esto significa que el gobierno debe asegurarse de que haya presupuesto para entregar este apoyo sin costo. El paquete se entrega tal como lo dice el artículo 2 de esta misma ley.
- Art. 15El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México debe crear las reglas del programa para que puedas ejercer tu derecho, explicando qué requisitos y pasos se necesitan, además de cómo se va a revisar y controlar. Esta ley comienza a aplicarse al día siguiente de que se publique. El Jefe de Gobierno tiene 90 días para sacar todas las reglas correspondientes. La Asamblea Legislativa debe apartar dinero en el presupuesto del año para que los recién nacidos reciban este beneficio, y ese dinero no puede ser menor al del año anterior. También hay que ajustar otras leyes en un plazo de 90 días para que todo cuadre con esta nueva ley.