- Ley
- Ley de Cunas de la Ciudad de México
- Artículo
- 3
Artículo 3 de la Ley de Cunas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la Ciudad de México es quien se encarga de aplicar esta ley. Ellos deciden cómo las mamás, papás o tutores pueden acceder a un paquete de maternidad para niñas y niños de hasta dos meses de edad. Todo esto se hace siguiendo lo que dice la ley y su reglamento.
Texto oficial
Artículo 3.- La aplicación de esta ley estará a cargo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; quien definirá los mecanismos de acceso a las niñas y niños de hasta dos meses de edad a través de su madre, padre o tutor en términos de lo establecido en la presente ley y su reglamento. CAPÍTULO II DEL DERECHO A UN PAQUETE DE MATERNIDAD
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.