- Ley
- Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley se basa en lo que dicen varios artículos de la Constitución de todo México y también en un artículo de la Constitución de la Ciudad de México. En concreto, se apoya en los artículos 1, 2 y 4 de la Constitución federal, y en el artículo 8, apartado D, de la Constitución de la CDMX. Esa es la razón legal por la que existe esta ley y el fundamento que debe respetar.
Texto oficial
ARTÍCULO 1.-La presente Ley tiene como fundamento los artículos 1, 2, 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, apartado D de la Constitución Política de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.