Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-culturales-habitantes-visitantes/18
- Ley
- Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 18 fue eliminado de la ley, ya no está vigente. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se borra o se quita por completo. Así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque dejó de aplicarse desde que se publicó la derogación. En pocas palabras, ya no existe como regla.
Texto oficial
ARTÍCULO 18.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.