- Ley
- Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo indica que ya no tiene validez y fue eliminado de la ley. "Derogar" significa cancelar o anular oficialmente una regla o artículo. Así que el Artículo 34 ya no existe y no se aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 34.-Se deroga. TITULO CUARTO DE LA POLITICA PUBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD SOBRE LOS DERECHOS CULTURALES CAPITULO ÚNICO DE LA RECTORIA DELA POLITICA PUBLICA EN MATERIA DE DERECHOS CULTURALES Y LOS FINES DE LA MISMA
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