- Ley
- Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Artículo
- 117
Artículo 117 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 117 dice que todas las autoridades municipales y del gobierno deben entregar cada año un informe al Sistema de Protección. En ese informe tienen que contar qué medidas especiales aplicaron para cuidar a niños, niñas y adolescentes, según lo que les permite la ley. El Sistema de Protección es como una red de dependencias que trabajan juntas para garantizar los derechos de la infancia. Básicamente, es como si cada año tuvieran que rendir cuentas y mostrar cómo cumplieron con su deber de proteger.
Texto oficial
Artículo 117. Las autoridades y de los órganos político administrativos, están obligadas a presentar ante el Sistema de Protección un informe anual sobre las medidas de protección especial que hayan adoptado de conformidad con las facultades señaladas en esta sección. Sección Quinta De la Evaluación y Diagnóstico
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.