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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
138

Artículo 138 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que se junte por las multas y castigos de este capítulo se va a un fondo especial llamado Fideicomiso de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ese fondo se usa solo para cumplir con un plan que busca reparar o devolver los derechos que les fueron quitados a niñas, niños y adolescentes. En otras palabras, las sanciones económicas sirven para ayudar directamente a los menores que sufrieron alguna violación a sus derechos.

Texto oficial

Artículo 138. Los recursos generados de la aplicación de las sanciones establecidas en este Título serán dirigidos al Fideicomiso de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyo objeto será la implementación de las acciones y políticas establecidas en el Plan de Restitución de derechos a favor de niñas, niños y adolescentes.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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