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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir sin violencia y a que se proteja su cuerpo y su mente para que puedan estar bien y desarrollar su personalidad libremente. También tienen derecho a recibir de sus papás, tutores, maestros, entrenadores o cualquier persona que los cuide, una educación y un trato positivo, sin golpes ni castigos que los humillen o los hagan sentir mal. La ley prohíbe totalmente que cualquier adulto encargado de ellos los castigue pegándoles o tratándolos de forma denigrante.

Texto oficial

Artículo 43. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza positiva de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante. Artículo reformado G.O.CDMX 29/04/24

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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