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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
64

Artículo 64 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo —que es la dependencia del gobierno encargada de promover los viajes y el turismo— va a impulsar actividades turísticas para niñas, niños y adolescentes dentro de la Ciudad de México. Esto quiere decir que se harán programas o eventos para que los menores de edad puedan conocer y disfrutar los lugares turísticos de la ciudad. El objetivo es que los niños y jóvenes tengan acceso a estas experiencias como parte de su derecho a la recreación y la cultura. En pocas palabras, el gobierno se compromete a que los menores también puedan visitar museos, parques, sitios históricos y otros espacios turísticos.

Texto oficial

Artículo 64. La Secretaría de Turismo fomentará el turismo de las niñas, niños y adolescentes dentro de la Ciudad de México. Capítulo Décimo Tercero De los Derecho de la Libertad de Convicciones Éticas, Pensamiento, Conciencia, Religión y Cultura

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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