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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
63

Artículo 63 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las autoridades de la Ciudad de México deben hacer que los niños, niñas y adolescentes participen en todo tipo de actividades deportivas y de recreación, sin que nadie les quite o limite sus derechos. También tienen que dar entrada gratis a los niños de bajos recursos a clases de deporte y a eventos deportivos públicos. Además, deben crear programas de deporte y juegos, sobre todo para quienes tienen menos dinero, y ponerlos al alcance de escuelas y organizaciones. Las actividades de recreación en las alcaldías pueden organizarse con ayuda de grupos de vecinos y con la participación de los propios niños y jóvenes.

Texto oficial

Artículo 63. En materia de deporte y recreación, las autoridades y servidores públicos de la Ciudad de México, competentes propiciarán: La inclusión en los programas, actividades, convenios, bases de colaboración, intercambios, apoyos, permisos, estímulos y demás actos similares o equivalentes que suscriba el Instituto del Deporte en ejercicio de sus atribuciones, la participación y presencia de niñas, niños y adolescentes, cuidando que no se afecte, menoscabe, excluya o restrinja el goce de sus derechos; La admisión gratuita de niñas, niños y adolescentes de escasos recursos en: Establecimientos de la Administración Pública y privados que presten servicios de talleres, cursos o enseñanza deportiva apropiada para niñas, niños y adolescentes; Espectáculos Públicos Deportivos a los que se refiere la Ley de Espectáculos Públicos del Distrito Federal; La elaboración de programas deportivos, actividades físicas y recreativas, para niñas, niños y adolescentes preferentemente de escasos recursos, para ser aplicados en espacios públicos y privados, poniendo dichos programas a disposición de instituciones gubernamentales y privadas; Las actividades de recreación en las Delegaciones gestionadas por grupos vecinales o asociaciones con la colaboración de las niñas, niños y adolescentes; El deporte y las actividades de tiempo libre, tanto en el medio escolar como a través de la acción comunitaria y; El desarrollo de grupos infantiles y juveniles para la recreación.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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