- Ley
- Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Artículo
- 83
Artículo 83 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Mira, este artículo dice que cuando hay un proceso legal, la Procuraduría de Protección puede pedirle al juez que ordene bloquear o suspender cuentas de redes sociales o plataformas digitales para evitar que se difunda información, fotos, videos o sonidos que lastimen a un niño, niña o adolescente. Además, los menores de edad, a través de alguien de confianza, pueden pedirle directamente al juez que saquen de inmediato sus fotos, videos o datos personales de medios, plataformas digitales o redes sociales de sus papás, tutores o representantes si eso va en contra de su bienestar. Finalmente, el juez puede obligar a las empresas de internet o tecnología a hacer lo necesario para cumplir con estas órdenes temporales de protección.
Texto oficial
Artículo 83. En los procedimientos ante la autoridad competente, la Procuraduría de Protección podrá solicitar que se imponga como medida cautelar la suspensión o bloqueo de cuentas de usuarios en medios electrónicos, a fin de evitar la difusión de información, imágenes, sonidos o datos que puedan contravenir el interés superior. Las niñas, niños o adolescentes, a través de persona de su confianza, podrán solicitar ante la autoridad competente, el retiro inmediato de su información, imágenes o videos de los medios de comunicación o plataformas digitales o electrónicas y redes sociales de sus madres, padres, tutores o personas representantes que contravengan su interés superior. Párrafo adicionado G.O. CDMX21/04/23 La autoridad competente, con base en este artículo y en las disposiciones aplicables, podrá requerir a las empresas de prestación de servicios en materia de medios electrónicos que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de las medidas cautelares que ordene. Capítulo Décimo Octavo Del Derecho a la Seguridad Jurídica, Acceso a la Justicia y al Debido Proceso
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.