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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-personas-mayores/41
Ley
Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México va a buscar acuerdos con empresas privadas para que lancen promociones y descuentos en productos y servicios que ayuden a las personas mayores. Esto significa que, gracias a estos convenios, los adultos mayores podrían obtener rebajas en cosas como tiendas, restaurantes o servicios. El artículo no dice cuáles serán esos descuentos exactos, solo que el gobierno los promoverá.

Texto oficial

Artículo 41.- La Administración Pública de la Ciudad de México a través de las dependencias competentes, promoverá la celebración de convenios con la iniciativa privada a fin de que se instrumenten campañas de promociones y descuentos en bienes y servicios que beneficien a las personas mayores.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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