- Ley
- Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a formar grupos de personas (comités) para decidir cómo repartir los recursos. Estos grupos se arman según lo que digan el reglamento y otras leyes. La Secretaría puede crear los comités que necesite, no hay un número fijo. Así se aseguran de que la evaluación y asignación de apoyos sea ordenada.
Texto oficial
Artículo 14.- Para la evaluación y asignación de recursos la Secretaría contará con los comités que considere necesarios en los términos que el reglamento y demás disposiciones jurídicas señalen. Capítulo V De la Política Agropecuaria y Rural
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.