- Ley
- Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Rural va a revisar y dar su opinión sobre los temas en los que la Secretaría (la dependencia estatal encargada) y el gobierno federal trabajen juntos. Esto aplica solo cuando ambos niveles de gobierno tengan facultades compartidas, es decir, cuando la ley les dé autoridad a los dos. Básicamente, el Consejo actúa como un "cotero" que analiza si lo que están haciendo está bien y da su punto de vista. No toma decisiones finales, solo opina.
Texto oficial
Artículo 13.- El Consejo Rural conocerá y opinará sobre los asuntos que en materia concurrente desarrollen la Secretaría con la autoridad federal correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.