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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-desarrollo-agropecuario-rural-sustentable/5
Ley
Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad de México, por medio de una oficina llamada "la Secretaría", es el que tiene que cumplir y hacer cumplir todo lo que dice esta ley. Sin embargo, hay cosas que solo puede decidir la persona que está al frente del Gobierno (el o la Jefa de Gobierno), y otras que le tocan a otras oficinas o dependencias de la ciudad. En esos casos especiales, la Secretaría no es la responsable.

Texto oficial

Artículo 5º.- El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría, es responsable de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ley, con la excepción de aquellas que de manera expresa estén facultadas a la persona Titular de la Jefatura de Gobierno o, en su caso, a otras entidades y dependencias de la administración pública de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.