- Ley
- Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
- Artículo
- 50
Artículo 50 de la Ley de Desarrollo Agropecuario Rural y Sustentable de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad de México, por medio de una dependencia llamada Secretaría, va a decidir cuánto dinero y de qué manera se les va a dar a los productores del campo. Estos apoyos ya deben estar incluidos en el programa y en el presupuesto que la ciudad aprueba para el sector rural. Junto con otros apoyos para vender sus productos, la idea es que las actividades de agricultura y ganadería sean más rentables. También buscan que los productores puedan competir mejor y mejorar sus ingresos de forma constante.
Texto oficial
Artículo 50.- El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría, determinará el monto y forma de asignar a las productoras y los productores los apoyos directos, que previamente hayan sido considerados en el programa y el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el sector rural; los que, conjuntamente con los apoyos a la comercialización, buscarán la rentabilidad de las actividades agropecuarias y la permanente mejoría de la competitividad e ingreso de las y los productores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.