- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 109
Artículo 109 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño, vives o administras un terreno o edificio y permites que pongan un anuncio grande sin los permisos necesarios, te pueden meter a la cárcel de 3 meses a 1 año o multarte con hasta 1000 días de salario mínimo. El juez decide si es cárcel o multa, y también puede cambiarlo por trabajo comunitario. Lo mismo aplica si prestas tu grúa o vehículo para instalar ese anuncio ilegal, y además te pueden poner otras multas de tránsito si el vehículo las merece.
Texto oficial
Artículo 109. A quien tenga la propiedad, posesión, administración, uso o disfrute de un bien inmueble y lleve a cabo, o permita a un tercero, la instalación de un anuncio autosoportado, en azotea, adosado, tapial o valla sin que se cuente con las licencias o permisos correspondientes que exija la ley de la materia, se le impondrá de tres meses a un año de prisión, o de 50 a 1000 días multa, según lo determine el juez competente. Las penas establecidas en este artículo podrán ser sustituidas por trabajo a favor de la comunidad en términos del artículo 36 del Código Penal para el Distrito Federal. Asimismo, a quien tenga la propiedad, posesión, administración, disposición, uso o disfrute de una grúa o vehículo que se utilice, por sí o por interpósita persona, para la instalación de un anuncio autosoportado en azotea, adosado, tapial o valla, y cuya instalación o modificación no se encuentre respaldada con las licencias y permisos correspondientes conforme lo exija la ley de la materia; se le impondrán las mismas penas establecidas en el párrafo anterior, además de las multas administrativas de tránsito respectivas, al vehículo si fuere el caso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.