Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-desarrollo-urbano-distrito-federal/109
Ley
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículo
109

Artículo 109 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño, vives o administras un terreno o edificio y permites que pongan un anuncio grande sin los permisos necesarios, te pueden meter a la cárcel de 3 meses a 1 año o multarte con hasta 1000 días de salario mínimo. El juez decide si es cárcel o multa, y también puede cambiarlo por trabajo comunitario. Lo mismo aplica si prestas tu grúa o vehículo para instalar ese anuncio ilegal, y además te pueden poner otras multas de tránsito si el vehículo las merece.

Texto oficial

Artículo 109. A quien tenga la propiedad, posesión, administración, uso o disfrute de un bien inmueble y lleve a cabo, o permita a un tercero, la instalación de un anuncio autosoportado, en azotea, adosado, tapial o valla sin que se cuente con las licencias o permisos correspondientes que exija la ley de la materia, se le impondrá de tres meses a un año de prisión, o de 50 a 1000 días multa, según lo determine el juez competente. Las penas establecidas en este artículo podrán ser sustituidas por trabajo a favor de la comunidad en términos del artículo 36 del Código Penal para el Distrito Federal. Asimismo, a quien tenga la propiedad, posesión, administración, disposición, uso o disfrute de una grúa o vehículo que se utilice, por sí o por interpósita persona, para la instalación de un anuncio autosoportado en azotea, adosado, tapial o valla, y cuya instalación o modificación no se encuentre respaldada con las licencias y permisos correspondientes conforme lo exija la ley de la materia; se le impondrán las mismas penas establecidas en el párrafo anterior, además de las multas administrativas de tránsito respectivas, al vehículo si fuere el caso.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.