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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-desarrollo-urbano-distrito-federal/25%20Ter
Ley
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículo
25 Ter

Artículo 25 Ter de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Desarrollo Urbano va a hacer una lista de siete personas que podrían ser parte del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, incluyendo a quién será el Presidente. Para armarla, primero deben lanzar una convocatoria pública donde expliquen bien los requisitos que pide la ley para poder ser consejero designado por la Asamblea. Esto significa que cualquier persona interesada puede enterarse y participar si cumple con lo que se pide. La idea es que el proceso sea abierto y transparente para todos.

Texto oficial

Artículo 25 Ter. La Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana elaborará un dictamen con proyecto de acuerdo que contenga una lista de siete candidatos a integrar el Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, incluido el Presidente, previa convocatoria pública en la que se incluya la difusión de los requisitos que, para ser Consejeros designados por la Asamblea, establece la presente Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.