- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el reglamento va a establecer las reglas para evitar que los anuncios, letreros, luces o cualquier cosa que veas fijo o en movimiento (como camiones o espectaculares) ensucien la vista del paisaje de la ciudad. La idea es que todo esté ordenado para que la ciudad se vea equilibrada y no parezca un desastre visual. En pocas palabras, busca que no te llenen de anuncios o letreros que afeen las calles y las banquetas.
Texto oficial
Artículo 72. El reglamento dispondrá las normas necesarias para controlar la contaminación visual que se origine en fuentes fijas o móviles y alcanzar un equilibrio visual del paisaje urbano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.