- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 74
Artículo 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poner, cambiar o quitar anuncios o letreros que se vean desde la calle, necesitas un permiso temporal del gobierno. También aplica si vas a construir, instalar o demoler las estructuras que sostienen esos anuncios. Según el caso, puede que solo tengas que avisar a la autoridad en lugar de pedir un permiso. Las reglas específicas y los pasos a seguir los define la ley correspondiente, que también indica cuándo te pueden cancelar el permiso.
Texto oficial
Artículo 74. La fijación, modificación y eliminación de publicidad exterior y anuncios visibles desde la vía pública, así como la construcción, instalación, modificación, retiro y, en su caso, demolición de estructuras que sustenten anuncios o publicidad exterior, requieren de licencia o autorización temporal de la autoridad competente, o bien de la presentación de aviso, según corresponda, de conformidad con las disposiciones aplicables las cuales determinarán los requisitos y procedimientos para su otorgamiento y los supuestos de revocabilidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.