- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 94 Bis
Artículo 94 Bis de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La publicitación vecinal es un aviso que se le da a los vecinos para evitar problemas o afectaciones en tu colonia cuando quieras hacer algo en tu terreno o casa. Si eres dueño o vives en el predio, debes solicitarlo en una plataforma digital, y la Alcaldía de tu zona lo revisará hasta terminarlo. Este aviso es obligatorio antes de pedir permisos para construir viviendas de tamaño mediano o grande (tipo B o C), o si quieres cambiar el uso del suelo, fusionar terrenos, o hacer remodelaciones importantes según lo que diga el Reglamento de Construcciones de la CDMX. Si el trámite es manejado por la Secretaría de Desarrollo Urbano, ellos mismos se encargan de todo el proceso.
Texto oficial
Artículo 94 Bis. La Publicitación Vecinal es el procedimiento que funge como instrumento para la ciudadanía con el objeto de prevenir conflictos o afectaciones en el entorno urbano. La Publicitación Vecinal se solicitará por la persona propietaria o poseedora del predio o inmueble, a través de la Plataforma Digital y será tramitado por la Alcaldía que corresponda con base en la ubicación del predio hasta su conclusión, bajo el procedimiento y requisitos establecidos en el Reglamento de esta Ley. El Procedimiento de Publicitación Vecinal es un requisito indispensable que debe agotarse previamente a la solicitud del registro de Manifestación de Construcción tipo B o C, así como para la expedición de permisos o licencias referentes a cambios de uso de suelo, fusiones, transferencias de potencialidad, edificación y demás medidas que establezca esta Ley, referente a las modalidades previstas en el artículo 53 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. La publicitación vecinal para los trámites que sean competencia de la Secretaría, se tramitará ante ésta hasta su conclusión. Artículo reformado G.O. CDMX 15/05/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.