- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 110
Artículo 110 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las niñas, niños y adolescentes tienen prioridad para que se les respeten y cumplan sus derechos en la educación, tal como lo marca la Constitución y otras leyes. Básicamente, las autoridades deben asegurarse de que los jóvenes tengan acceso a la escuela y a todo lo que necesiten para aprender, antes que otras cosas. Es como una regla que pone a los estudiantes al centro de las decisiones educativas.
Texto oficial
Artículo 110.- De conformidad con la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General de Educación en términos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se reconoce la prioridad de las niñas, niños y adolescentes el acceso y garantía de los derechos educativos establecidos en la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.