- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 109
Artículo 109 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas que vivan en la Ciudad tienen derecho a entrar al sistema educativo local. El único requisito es cumplir con lo que piden las reglas oficiales, como documentos o trámites. No te pueden negar la entrada por otra razón. En pocas palabras, si vives aquí y cumples los requisitos, puedes estudiar.
Texto oficial
Artículo 109.- Todas las personas habitantes de la entidad tendrán acceso al Sistema Educativo de la Ciudad sin más limitaciones que satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.