Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley se creó para que sea obligatoria en toda la Ciudad de México y busca beneficiar a toda la sociedad. Su objetivo es poner reglas claras para los servicios educativos que dan el gobierno de la ciudad, sus oficinas y escuelas privadas con permiso oficial. Todo lo que dice esta ley debe seguir lo que marca la Constitución Mexicana, los tratados internacionales y otras leyes locales y federales. Las universidades autónomas de la ciudad también deben cumplir con esta ley, pero solo en lo que no contradiga su autonomía marcada en la Constitución.
- Art. 2El artículo 2 explica qué significan algunas palabras y conceptos clave de esta ley. Por ejemplo, **"Alcaldías"** se refiere a las oficinas de gobierno que administran cada parte de la Ciudad de México. **"Acoso Escolar"** son actos repetidos que lastiman a un niño o adolescente de forma física, emocional, económica o sexual, y que pasan en la escuela o bajo su cuidado; la ley obliga a prevenirlo y atenderlo. **"Educación Inclusiva"** es el derecho de todos los alumnos a que se eliminen barreras que les impidan aprender o participar, valorando sus diferencias y adaptando el sistema para que nadie sea excluido. También define términos como **"Docente"** (el maestro que enseña y guía), **"Educación Especial"** (apoyo para alumnos con discapacidad o habilidades sobresalientes) y **"Educación Comunitaria"** (opciones de aprendizaje flexibles para quienes viven o visitan la Ciudad, enfocadas en derechos humanos, cultura o deporte).
- Art. 3La educación es un derecho que nadie te puede quitar y que el gobierno está obligado a garantizar. Sirve para que tú y la sociedad puedan crecer, ser libres y alcanzar su máximo potencial todo el tiempo. Además, es una herramienta clave para cambiar y mejorar la ciudad de manera más justa y democrática. Por último, sin educación no podrías ejercer otros derechos ni vivir con igualdad, respeto a las diferencias y sin exclusiones.
- Art. 4En la Ciudad de México, cualquier persona tiene derecho a estudiar y aprender, sin importar el tipo de escuela, el nivel (desde kinder hasta universidad) o la modalidad (presencial, en línea, etc.). La educación pública, es decir, la que dan las escuelas del gobierno, es completamente gratis en todos los niveles, como inicial, básica, media superior y superior. Además, todas las personas deben tener las mismas oportunidades de recibir una formación que se adapte a su edad, habilidades y necesidades especiales. También se garantiza que puedas seguir estudiando, avanzar de grado y, si cumples con los requisitos de cada escuela, terminar tus estudios a tiempo.
- Art. 5Las autoridades educativas de la Ciudad deben poner primero los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Esto significa que tienen que asegurarse de que puedan entrar a la escuela, quedarse en ella, participar en las actividades y terminar sus estudios en las mejores condiciones posibles. Para lograrlo, crearán programas y reglas que cumplan con la ley y con la obligación de cuidar a los estudiantes. Todo esto se hace pensando en su bienestar y en que puedan crecer y desarrollarse.
- Art. 6La educación en la Ciudad debe tratar a todas las personas con respeto, reconociendo que todos tenemos dignidad y derechos. Esto significa que hombres y mujeres son iguales de manera real, y también se respeta la diversidad sexual y de género. El objetivo es que cada persona desarrolle todas sus capacidades, aprendiendo a amar a México, cuidar la naturaleza, respetar los derechos y las libertades, y rechazar la discriminación. También se busca fomentar la paz, la honestidad, los valores, la buena convivencia y mejorar siempre la forma de enseñar. Además, se incluye la perspectiva de género en todo el sistema educativo, es decir, se toma en cuenta que hombres y mujeres viven experiencias distintas, para que la educación sea justa para todos.
- Art. 6 BisTodas las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser ellos mismos y a vestirse como se sientan más cómodos. En las escuelas públicas y privadas se permite el uso de un uniforme que no sea de niña o niño, sino uno más neutral. Esto significa que cada estudiante puede decidir por sí mismo si usa pantalón o falda para ir a clases. Además, las escuelas no pueden poner reglas que limiten los derechos de los alumnos solo por cómo se vean o se vistan.
- Art. 7Las escuelas públicas de la Ciudad de México (desde kínder hasta universidad) deben ser gratis, sin religión, para todos, inclusivas, respetuosas de las diferentes culturas y de buena calidad. Su objetivo es que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades, sin importar su origen, género, religión, edad, discapacidad o cualquier otra condición. Los maestros deben enseñarles a respetar los derechos humanos, la diversidad sexual y familiar, y a conocer la Constitución. También tienen que fomentar la creatividad, el pensamiento crítico, el gusto por la ciencia y hasta el ajedrez como actividad para desarrollar sus habilidades.
- Art. 8La Secretaría de Educación de la Ciudad es la encargada de vigilar que se cumpla esta Ley. Todos los que aparecen en esta lista están obligados a seguir las reglas: las oficinas del gobierno que dan servicios educativos, los maestros, los alumnos, los papás o tutores, y las asociaciones de padres de familia. También aplica para escuelas privadas que tienen permiso oficial o que operan sin él, y para cualquier otro organismo que el Gobierno de la Ciudad decida incluir.
- Art. 9La Secretaría tiene varias tareas importantes para la educación en la Ciudad de México. Su trabajo principal es asegurarse de que se cumplan las leyes federales y locales, y que la educación pública sea gratuita, laica, justa y sin discriminación. También se encarga de planear, organizar y supervisar todo el sistema educativo de la ciudad, desde la educación inicial hasta la de adultos y mayores. Además, propone a las autoridades federales los contenidos regionales que deben incluirse en los planes de estudio, como temas de medio ambiente, seguridad vial y educación sexual responsable.
- Art. 10Este artículo dice que el sistema educativo de la Ciudad de México está formado por todos los que participan en la educación: desde los estudiantes, maestros, papás y directores, hasta las escuelas públicas y privadas, los programas de estudio y hasta los edificios y materiales que se usan para aprender. También incluye a instituciones como la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Universidad "Rosario Castellanos" y los centros comunitarios PILARES. El jefe de todo este sistema es el Secretario de Educación de la ciudad, y las reglas para que funcione se definen en otros documentos oficiales. En pocas palabras, son todas las personas, escuelas, recursos y organismos que hacen posible la educación en tu ciudad.
- Art. 11La educación en la Ciudad de México se divide en tres tipos principales: básica (kínder, primaria y secundaria), media superior (preparatoria o bachillerato) y superior (universidad). Cada tipo tiene sus propios niveles, como grados escolares. Además, puedes estudiar de tres formas: presencial (asistiendo a clases), en línea o a distancia (sin ir a la escuela), o una combinación de ambas (mixta). También existen opciones como la educación abierta, que te permite estudiar a tu ritmo. El gobierno de la ciudad usará la tecnología, como internet y computadoras, para mejorar la educación.
- Art. 12Este artículo dice que todos los niveles de educación, desde la maternal hasta la universidad, se pueden impartir de distintas formas. Una opción es la modalidad escolarizada, que es la escuela tradicional a la que asistes todos los días. También existe la posibilidad de estudiar sin ir a un salón de clases, como en línea o por tu cuenta, que se llama modalidad no escolarizada o a distancia. O puedes combinar lo presencial con lo virtual en la modalidad mixta. En resumen, la ley permite que estudies de la manera que más te acomode.
- Art. 13Las escuelas, ya sean del gobierno o privadas, tienen prohibido contratar a un maestro o permitirle dar clases si no tiene un documento oficial que demuestre que está capacitado para enseñar. Ese documento es la certificación, que es como un título o un permiso que avala que la persona sabe cómo dar clases. En pocas palabras, ningún profesor puede dar clases en primaria o secundaria sin antes tener ese papel que lo acredite.
- Art. 14La educación básica en México incluye la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria. Su objetivo es que niñas, niños y adolescentes aprendan conocimientos y habilidades importantes, además de desarrollar buenos hábitos, actitudes y valores, para que puedan seguir aprendiendo toda la vida y explotar su creatividad. También se toman en cuenta los centros de educación especial, como los Centros de Atención Múltiple, que ayudan a estudiantes con necesidades diferentes.
- Art. 15La educación básica (preescolar, primaria y secundaria) busca que aprendas matemáticas, leer, escribir, historia, geografía, civismo, filosofía, un idioma extranjero y educación financiera, además de iniciarte en las ciencias participando en clase. También quiere que entiendas la diversidad de lenguas y culturas de México y tu ciudad, que conozcas y practiques las artes, y que comprendas cómo cuidar tu cuerpo, tu sexualidad, prevenir enfermedades y adicciones, valorar a tu familia y respetar a las personas mayores. Se busca que protejas el medio ambiente, los recursos naturales y a los animales como seres que sienten, y que adoptes un estilo de vida saludable con educación física, deporte, salud bucal y la importancia de donar órganos, tejidos y sangre. La educación inicial es para niños menores de 3 años, y hay tres tipos de centros: públicos (del gobierno), privados (de particulares) y comunitarios (de organizaciones con apoyo del gobierno y padres). La preescolar tiene tres grados para niños de 3 a 6 años, y busca desarrollar su mente, emociones, relaciones y movimiento, además de formar valores y habilidades según su edad. La primaria tiene seis grados y es formativa, ayudando a un desarrollo completo; la secundaria tiene tres grados, profundiza en lo aprendido en primaria y te prepara para la preparatoria.
- Art. 16El gobierno de tu ciudad, por medio de la Secretaría de Educación, se va a encargar de que haya suficientes lugares en las escuelas para niños pequeños, desde antes del kínder. También va a echarle ganas para que tú, como mamá, papá o tutor, te animes a llevar a tus hijos a la escuela desde chiquitos. Además, va a hacer lo necesario para que los niños no abandonen la escuela y terminen toda su educación básica (primaria y secundaria). Por último, se va a poner a trabajar para que los que se quedaron sin estudiar o van atrasados puedan ponerse al corriente.
- Art. 17La educación media superior, que incluye la prepa, carreras técnicas de nivel bachillerato y estudios profesionales que no necesitan prepa, ahora es obligatoria. Esto significa que el Estado tiene la obligación de ofrecerte un lugar en estos niveles y tú debes cursarlos. No importa si eliges un bachillerato general, una carrera técnica o algo equivalente, todos cuentan como media superior. En pocas palabras, después de la secundaria tienes que seguir estudiando hasta completar este nivel.
- Art. 18La educación media superior (prepa o bachillerato) te va a dar los conocimientos, teorías y métodos necesarios para que entiendas temas científicos y humanos. También te ayudará a aprender por tu cuenta, a desarrollar valores basados en principios universales y nacionales que todos compartimos, y a opinar de forma crítica sobre los problemas de la sociedad. Te preparará para ser un ciudadano responsable y solidario, y te capacitará para entrar al mundo laboral, contribuir a la producción y seguir estudiando en la universidad.
- Art. 19La Secretaría de Educación se asegurará de que puedas estudiar la prepa o bachillerato, tratando a todos por igual sin importar tu género, origen o situación, y respetando que elijas la escuela que más te guste. También va a hacer acuerdos con el gobierno federal, escuelas públicas y privadas para abrir más preparatorias y crear nuevos programas de estudio. Así, van a ofrecer más lugares y opciones para que todos los jóvenes del estado tengan oportunidad de estudiar.
- Art. 20La Secretaría de Educación de la CDMX va a pedir que en las preparatorias del gobierno de la ciudad se hagan varias cosas. Primero, que los estudiantes analicen los problemas de las alcaldías, colonias cercanas y zonas marginadas, para ayudar a encontrar soluciones y compartir la cultura. También quiere que los maestros tengan título universitario y además se preparen para dar clases, y que siempre estén actualizándose. Por otro lado, se les darán facilidades a los profesores para que sigan estudiando o se especialicen en cómo enseñar mejor. Por último, se va a fomentar que puedas estudiar en modalidad abierta o a distancia, sin tener que ir todos los días a la escuela.
- Art. 21El artículo 21 dice que el Sistema de Bachillerato del Gobierno de la Ciudad está formado por tres cosas. Primero, el Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México, que es una organización aparte del gobierno, con sus propios recursos y personalidad jurídica (es decir, legalmente existe por sí mismo) y se encarga de dar clases de preparatoria, sobre todo en zonas donde no hay suficientes escuelas o donde la gente las necesita. Segundo, los programas de bachillerato que da directamente la Secretaría de Educación. Y tercero, los servicios de ayuda y asesoría para los estudiantes de preparatoria que se dan a través de las Ciberescuelas del Subsistema de Educación Comunitaria.
- Art. 22La educación superior es la que se estudia después de la preparatoria o bachillerato, y es obligatoria según la Constitución. Incluye carreras técnicas, licenciaturas, especialidades, maestrías y doctorados, además de opciones para terminar antes la licenciatura. También abarca las escuelas normales, donde se forman maestras y maestros. Su objetivo es crear y compartir conocimientos de alto nivel, y formar profesionistas con habilidades científicas, éticas y tecnológicas para el desarrollo del país. Las universidades tienen cuatro funciones: enseñar, investigar, extender el conocimiento y difundir la cultura, y se busca que los estudiantes puedan combinar el estudio con el trabajo para ganar experiencia profesional.
- Art. 23La Secretaría (el gobierno de la Ciudad) trabajará en equipo con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología para ayudar a que las universidades y escuelas superiores sean más fuertes. También apoyará la investigación científica, tecnológica y de innovación, así como los estudios de posgrado y la divulgación de la ciencia. Además, va a motivar que las universidades, a través de sus propias reglas, incentiven a maestros e investigadores a participar en dar clases, tutorías, hacer investigación y aplicar el conocimiento de manera novedosa. Esto quiere decir que buscan que los profesores no solo den clases, sino que también investiguen y creen cosas útiles para la sociedad.
- Art. 24El gobierno de la Ciudad, junto con el gobierno federal, puede crear universidades o escuelas de nivel superior para cubrir lo que se necesite en la sociedad, la economía y la cultura de la zona. Esto significa que, si hace falta más preparación en algún oficio o profesión para que la gente tenga mejores oportunidades, pueden ponerse de acuerdo para abrir esas instituciones. Es como decir que las autoridades pueden hacer nuevas escuelas cuando vean que la ciudad las requiere para que todos salgan beneficiados.
- Art. 24 BisEn la Ciudad hay dos universidades públicas: la “Rosario Castellanos” y la Universidad de la Salud. Estas universidades, y cualquier otra que cree el gobierno de la Ciudad, pueden entregar, cambiar o quitar títulos o grados (como licenciaturas o maestrías) a las personas que terminen sus estudios, según lo que digan sus propias reglas. También tienen la autoridad para anular esos títulos si se incumple la normativa que ellas mismas hayan establecido. En pocas palabras, las universidades tienen el poder de decidir quién recibe un título y bajo qué condiciones puede perderlo.
- Art. 25La Universidad Autónoma de la Ciudad de México tiene libertad para manejar sus propios asuntos según las reglas de esta ley. Puede elegir a sus jefes, crear sus planes de estudio y decidir cómo gasta su dinero, siempre respetando la libertad de enseñanza e investigación. También tiene derecho a discutir cualquier idea sin censura. Todo lo que haga la universidad debe seguir su propia ley y sus reglamentos internos.
- Art. 26La Universidad “Rosario Castellanos” fue creada para que más personas en la Ciudad de México puedan estudiar una carrera, ofreciendo programas de buena calidad y útiles para la vida real. Esta universidad es un organismo descentralizado, lo que significa que tiene su propio dinero y recursos, aunque depende de una Secretaría del gobierno. Su propósito es dar clases, hacer investigación, compartir conocimiento y conectar con la sociedad. Cómo se organiza y trabaja está definido por las leyes y reglas que le corresponden.
- Art. 27La Universidad de la Salud es una escuela pública que busca ayudar a cubrir la falta de profesionales de la salud en México. Ofrece carreras de calidad, modernas y que toman en cuenta las costumbres y necesidades de cada comunidad para cuidar la salud de las personas, las familias y los barrios. Funciona como un organismo independiente del gobierno, con su propio dinero y reglas, aunque depende de la Secretaría de Salud. Su misión principal es dar clases, hacer investigaciones y compartir información útil con la sociedad para mejorar la salud de todos.
- Art. 28El artículo 28 dice que si estás estudiando una licenciatura en una universidad pública de la Ciudad de México, tienes que hacer servicio social para poder recibir tu título. El servicio social es obligatorio, y lo debes cumplir según las reglas que marca la ley. Básicamente, sin hacer servicio social no puedes obtener tu título profesional.
- Art. 29Si estudiaste una carrera o posgrado en una escuela que depende de la Secretaría de Educación Pública, o en una escuela privada que tenga su reconocimiento oficial, tu título o diploma lo firma directamente el titular de esa Secretaría. Ese documento sirve en todo México, sin importar en qué estado lo hayas obtenido. En pocas palabras, si tu escuela tiene el visto bueno de la SEP, tu título es válido en cualquier parte del país.
- Art. 29 BisLa Ciudad tendrá un grupo especial llamado COEPES que se encargará de juntar y organizar todos los planes y proyectos sobre educación superior. Este grupo existe para que las escuelas y el gobierno trabajen en el mismo sentido, según lo que marca la Ley General de Educación Superior. En pocas palabras, es como un comité local que coordina todo lo relacionado con las universidades y carreras técnicas en la capital.
- Art. 29 QuáterLa Secretaría va a tener un grupo de personas expertas (un órgano colegiado) que la ayudarán a hacer mejor su trabajo. Este grupo dará su opinión, consejos y análisis, y buscará que diferentes instituciones trabajen juntas para mejorar la educación media superior, la superior, la ciencia, la tecnología y la innovación. Todo esto es para ayudar al progreso y bienestar de la Ciudad de México y de todo el país. Este grupo estará formado por representantes de escuelas, universidades e institutos de investigación, tanto públicos como privados. Estos representantes no recibirán pago por su trabajo (será honorífico), y serán aceptados por votación de los mismos miembros del grupo. También estarán los jefes de la Secretaría, y la persona que la dirige será la presidenta de este grupo. Ellos mismos decidirán cómo funcionar, siguiendo las reglas que aprueben. Las instituciones que formen parte de este grupo también podrán participar en la COEPES (que es la comisión estatal que planea la educación). Para trabajar, el grupo tendrá su propio reglamento interno, que será aprobado por todos sus miembros a partir de una propuesta del titular de la Secretaría. Este artículo se agregó a la ley el 2 de junio de 2023.
- Art. 29 TerEste artículo dice que el dinero que se le da a las universidades públicas de la Ciudad de México debe planearse pensando en el futuro, no nada más en el año siguiente. Para eso, las autoridades deben seguir las reglas de la Ley General de Educación Superior. Además, es obligatorio que el gobierno de la ciudad incluya en su presupuesto anual los recursos necesarios para que tres universidades específicas (UACM, Universidad Rosario Castellanos y Universidad de la Salud) puedan funcionar bien, pero siempre cuidando que haya dinero disponible sin desequilibrar las finanzas públicas.
- Art. 30El Gobierno de la Ciudad va a prohibir que haya cualquier tipo de discriminación en las escuelas, tanto por parte de los maestros como del personal administrativo. Para lograrlo, junto con la autoridad educativa federal, van a tomar varias acciones, como hacer que todas las personas puedan entrar a cualquier escuela, sin importar su condición, y crear reglas que eviten tratos injustos. En el caso de las personas con discapacidad, se van a hacer ajustes como rampas, materiales especiales o intérpretes de lengua de señas, para que puedan estudiar sin problemas. También se asegurarán de que los niños con discapacidad entren gratis a los centros de educación inicial y reciban la atención que necesitan, sin que les pongan condiciones. Además, van a capacitar a los maestros y darles herramientas como libros en braille o tecnología para personas ciegas, para que todos tengan una educación de calidad.
- Art. 31La educación inclusiva busca que todos los estudiantes, sin importar sus características, tengan las mismas oportunidades para entrar a la escuela, quedarse, participar y aprender. Para lograrlo, se deben quitar las barreras que lo impiden, como la discriminación o la exclusión por razones de origen, género, discapacidad u otras que marca la ley. Todas las escuelas, tanto públicas como privadas, están obligadas a aplicar estos principios y adaptarse a las necesidades, formas y ritmos de aprendizaje de cada alumno. Esto se hace con respeto, equidad, sin discriminación y tomando en cuenta el interés superior del estudiante, su libertad de decidir y la igualdad real entre hombres y mujeres.
- Art. 32La Lengua de Señas Mexicana ya es oficial en la Ciudad de México y forma parte de nuestra cultura nacional. Las personas sordas tienen derecho a recibir clases en esa lengua, en español o en su lengua indígena, y pueden elegir cuál usar. El gobierno debe proteger su lengua de señas materna y enseñarles español como segundo idioma. También habrá un registro de intérpretes certificados para las escuelas, y se podrá capacitar a maestros sordos para dar clases.
- Art. 33La educación inclusiva también incluye dar capacitación y orientación a los papás, mamás o tutores. La Secretaría de Educación puede ofrecerles apoyo, consejos y guía si lo necesitan para atender a estudiantes con discapacidad, problemas graves de aprendizaje, de conducta o de comunicación, o con aptitudes sobresalientes. Además, en las escuelas de la Ciudad se incluirán materias optativas de Lengua de Señas Mexicana para quienes quieran aprenderlas, ayudando así a integrar a estudiantes con discapacidad auditiva en todos los niveles.
- Art. 34Este artículo dice que las escuelas y servicios de educación especial deben ayudar a los alumnos a ser independientes y a atender sus necesidades especiales. Esas necesidades incluyen problemas graves para aprender, de conducta, emocionales, discapacidades múltiples o severas, y también talentos excepcionales. La meta es que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades de aprender, para que nadie sea ignorado, abandone la escuela, se quede atrás o sufra discriminación.
- Art. 35Si tienes una discapacidad o dificultades severas para aprender, comportarte o comunicarte, las escuelas regulares de educación básica deben darte preferencia para que estudies ahí, pero también puedes elegir la educación especial si es mejor para ti. Todos los que trabajan en la educación en la Ciudad de México deben cumplir con las reglas de accesibilidad que están en varias leyes, como la Ley General, la Constitución local y otras que protegen los derechos de personas con discapacidad, autismo, adultos mayores, niños y adolescentes, y que además combaten la discriminación y la violencia contra las mujeres. Las autoridades educativas también tienen que apoyar y facilitar que las personas con discapacidad sigan estudiando la preparatoria y la universidad.
- Art. 36Las escuelas en la Ciudad deben seguir las reglas que dicte la autoridad educativa federal para identificar y apoyar a alumnos con aptitudes sobresalientes (es decir, que tienen un talento o capacidad muy por encima del promedio). Esto aplica desde la educación básica (kínder, primaria y secundaria) hasta la universidad, incluyendo las escuelas normales donde se forman maestros. Las autoridades escolares tendrán que usar los métodos de evaluación, modelos de enseñanza y formas de dar certificados que esa autoridad federal indique.
- Art. 37La Secretaría de Educación de la Ciudad se va a encargar de que las personas adultas y las personas mayores puedan estudiar en las escuelas del sistema educativo de la ciudad. También va a dar a conocer bien los planes y programas de estudio que están hechos especialmente para ellos. Además, les va a enseñar a usar la tecnología, como el internet, las computadoras y las redes sociales.
- Art. 38El gobierno de la Ciudad tiene la obligación de asegurarse de que todas las personas indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas puedan estudiar, acceder a la cultura y usar su idioma sin problemas. También debe ayudar a que se conozcan, aprendan y valoren las lenguas indígenas del país, tanto las que se hablan como las que se escriben. Estas lenguas se deben usar para enseñar, comunicarse y como fuente de conocimiento, no solo como un recuerdo del pasado.
- Art. 39El Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de dar educación indígena, cuidando que se mantengan vivas sus tradiciones, costumbres y valores culturales. Para lograrlo, la Secretaría correspondiente irá haciendo los cambios necesarios para adaptarse a la lengua y cultura de cada grupo indígena que viva en la ciudad, ayudando a que sean incluidos y no discriminados. También puede coordinar la educación pública comunitaria en primaria, secundaria y preparatoria, para que los indígenas, incluso los que ya no viven en sus comunidades originales, puedan estudiar y hacer deporte en su propia lengua y cultura. Además, se asegurará de que en todo el sistema educativo se respeten los derechos de hablar su idioma. Por otro lado, los pueblos, barrios y comunidades indígenas pueden ponerse de acuerdo con las autoridades para crear sus propias escuelas que enseñen en sus lenguas y con sus métodos tradicionales de aprendizaje.
- Art. 40La Secretaría de Educación va a crear programas bilingües (en español y en lenguas indígenas) para que en las escuelas se enseñe la historia, los orígenes y las costumbres de los pueblos y comunidades indígenas de México, con el objetivo de que todos sean incluidos y nadie sea discriminado. Si hay maestros de educación indígena que no tengan una carrera universitaria (licenciatura), tendrán que tomar cursos de capacitación que la autoridad educativa diseñe para ellos, y además deberán demostrar que saben hablar tanto la lengua indígena de su comunidad como el español. Esto aplica también para la educación de adultos y personas mayores.
- Art. 41El artículo 41 dice que la educación para personas adultas es un derecho que te acompaña toda la vida. Está pensada para quienes tienen 15 años o más y no terminaron la primaria o secundaria, y también busca que puedas seguir estudiando hasta la prepa o la universidad. Se ofrece con clases de alfabetización (aprender a leer y escribir), primaria, secundaria y cursos de capacitación para el trabajo, adaptados a las necesidades de los adultos. Además, para que funcione bien, se necesita la ayuda y el apoyo de toda la comunidad.
- Art. 42La Secretaría de Educación, junto con el gobierno federal, va a dar clases para adultos en tres formas: en escuelas normales, en sistemas abiertos (donde estudias por tu cuenta) y a distancia (por internet o con materiales). Esto incluye enseñar a leer y escribir, y también la primaria y secundaria completas. Los estudios que hagas en el sistema abierto o a distancia cuentan con validez oficial, como si hubieras ido a una escuela normal. Además, puedes acreditar lo que ya sabes presentando exámenes, ya sea por partes o de todo el nivel, según las reglas que marque la ley.
- Art. 43Las personas de la tercera edad tienen todos los derechos, protecciones y servicios educativos que dice esta ley, igual que cualquier otra persona. Nadie se los puede negar por su edad. Es como si la ley les dijera: "todo lo que está aquí escrito para alumnos, también aplica para ti".
- Art. 44El Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de crear servicios fijos para ayudar a personas adultas y mayores a terminar sus estudios, además de darles facilidades a sus propios trabajadores para que puedan estudiar y pasar la primaria, secundaria y bachillerato. Si eres un estudiante universitario que ya terminó materias y participas de manera voluntaria como asesor en estos programas, después de recibir capacitación, el tiempo que le eches te lo van a contar como servicio social. También el gobierno puede hacer reglas especiales para la formación laboral, donde se van a definir qué conocimientos, habilidades o destrezas se pueden certificar de manera oficial y cómo se van a evaluar.
- Art. 45El Gobierno de la Ciudad puede crear reglas especiales sobre la capacitación para el trabajo, siempre y cuando no afecte lo que ya hace la Autoridad Educativa Federal. Estas reglas deben seguir lo que dice la Ley General de Educación. Su objetivo es definir qué conocimientos y habilidades se pueden certificar de manera oficial, y también establecer los métodos para evaluarlos. En pocas palabras, la ciudad puede decidir cómo enseñar oficios y trabajos, siempre respetando las leyes federales.
- Art. 46La Secretaría puede hacer acuerdos con escuelas, empresas, sindicatos o cualquier organización para que ellos den cursos de capacitación para el trabajo, siempre y cuando sigan las reglas de la Ley General de Educación y otras leyes relacionadas. Esto significa que no solo el gobierno puede enseñarte, sino también particulares autorizados. Así, tienes más opciones para aprender un oficio o mejorar tus habilidades laborales. Estos cursos se dan fuera del horario escolar normal, como clases sabatinas o en línea.
- Art. 47La Secretaría de Educación local podrá organizar cursos y talleres fuera del horario escolar, como clases de oficios, ciencia, arte o tecnología. Para eso, va a crear redes de aprendizaje en colonias, barrios y pueblos, según lo que le interese a la gente de ahí. También va a poner centros comunitarios bien equipados donde puedas tomar clases, hacer deporte o actividades culturales. Además, va a cuidar que se respeten las lenguas indígenas y se difunda la cultura de cada comunidad. Por último, cada octubre tendrá programas para concientizar sobre la prevención del cáncer de mama, además de enseñar a cuidar el medio ambiente y a los animales.
- Art. 48Los PILARES son lugares públicos que están en toda la Ciudad de México, donde puedes entrar sin pagar nada. Ahí encuentras servicios de educación, cultura, deporte y talleres para aprender cosas útiles, como si fueran centros comunitarios. Están hechos para que tú, tus vecinos y hasta la gente que solo está de paso puedan ejercer sus derechos, como estudiar, divertirse o cuidar el ambiente. En pocas palabras, son espacios gratuitos donde la comunidad se reúne para mejorar su bienestar.
- Art. 49El artículo 49 dice que los PILARES y todo su personal, junto con los programas sociales, son parte del Sistema Educativo de la Ciudad, pero forman su propio grupo llamado Subsistema de Educación Comunitaria. Todo esto se basa en respetar los derechos humanos, tratar igual a hombres y mujeres (igualdad sustantiva), considerar las diferencias de género, tomar en cuenta las necesidades de cada zona de la ciudad, incluir a todos sin dejar a nadie fuera, y darle atención especial a la gente que está en situaciones difíciles o vulnerables.
- Art. 49 BisEl Subsistema de Educación Comunitaria es una parte del gobierno que depende de una Secretaría, pero que trabaja de manera más independiente. Su jefe o jefa es elegido(a) y puede ser quitado(a) directamente por la persona que lidera la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Este subsistema solo puede hacer lo que esté permitido en el Reglamento Interior, que es como el manual de reglas del gobierno de la ciudad.
- Art. 49 TerPara ayudar a que todo funcione mejor, el sistema de escuelas comunitarias llamado PILARES tendrá un grupo de consejeros o Comité Consultivo. Este grupo estará formado por los jefes de varias dependencias del Gobierno de la Ciudad de México, como la Secretaría de Educación (que será la presidenta), la propia Secretaría de PILARES (que será la secretaria técnica), y también las secretarías de Finanzas, Cultura, Trabajo, Desarrollo Económico, Mujeres, Medio Ambiente, Salud, el Instituto de la Juventud y el del Deporte. La presidenta del comité puede invitar a otras autoridades a las reuniones, pero solo para que den su opinión, no para que voten. Si el jefe de la Secretaría de Educación no puede ir, entonces el jefe de PILARES tomará su lugar para dirigir la reunión. Finalmente, todo lo que haga este comité, como cómo organizarse y trabajar, estará definido en un reglamento interno que ellos mismos aprobarán.
- Art. 50El gobierno de la Ciudad va a destinar el dinero necesario para que todo funcione, pero siempre ajustándose a lo que ya está planeado para gastar y recibir ingresos. Ese dinero se usará siguiendo las reglas y leyes que aplican en estos casos. En pocas palabras, el gobierno no puede gastar de más ni inventar gastos: tiene que respetar el presupuesto y las normas oficiales.
- Art. 51La Secretaría mencionada puede hacer acuerdos de trabajo (convenios de cooperación o coordinación) con oficinas del gobierno federal y local, escuelas y centros de investigación, y también con empresas u organismos públicos y privados. Esto lo hacen para que la Red de PILARES funcione mejor, cumpla con su labor y logre sus objetivos. Es como si la Secretaría pudiera dar la mano a otros para trabajar juntos y que todo salga bien.
- Art. 52La Red de PILARES es un programa de la Ciudad de México que busca que todas las personas, sin importar su situación, puedan ejercer sus derechos a la educación, salud, cultura, deporte, trabajo y bienestar social. Su objetivo es ofrecer espacios donde puedas estudiar, aprender un oficio, hacer deporte o arte, y también recibir apoyo si tienes alguna discapacidad o eres parte de la comunidad de la diversidad sexual. Además, este programa fomenta la convivencia pacífica, el respeto entre culturas y la ayuda a personas desplazadas o migrantes. También busca reducir la violencia y los delitos, brindándote opciones para capacitarte y desarrollarte en lo personal y económico. En pocas palabras, PILARES es un lugar donde puedes crecer, aprender y convivir sanamente.
- Art. 53Cualquier persona que viva, trabaje o simplemente esté de paso por la Ciudad puede inscribirse y usar los servicios que ofrecen los PILARES, que son centros comunitarios con actividades gratuitas. Puedes hacer uso de sus instalaciones, como canchas o talleres, y también del equipo que tengan disponible. No importa si eres residente oficial o solo andas visitando; el derecho es para todos los que estén en la Ciudad.
- Art. 54Este artículo dice que los PILARES (centros comunitarios de la Ciudad de México) pueden ofrecer estos servicios, ya sea todos o algunos: - **Ciberescuela**: para que cualquier persona pueda empezar, continuar o terminar sus estudios de primaria, secundaria y preparatoria. - **Escuela de Código**: para aprender a programar computadoras, desde nivel básico hasta avanzado. - **Educación para la autonomía económica**: principalmente para mujeres, con talleres para hacer productos o servicios, usar herramientas (maquinoteca), aprender oficios, emprender negocios o vender en internet. - **Talleres de Arte y Cultura**: actividades como pintura, música o teatro para que la comunidad sea más creativa y disfrute el arte. - **Actividades deportivas y recreación**: juegos y deportes para todas las personas. - Cualquier otro servicio que el Comité Consultivo decida agregar.
- Art. 55Los PILARES son centros comunitarios donde puedes tomar cursos o hacer actividades. Este artículo dice que estos centros también pueden dar sus servicios de manera remota, o sea, sin que tengas que ir físicamente. Pueden usar la radio, la televisión o el Internet para que tú accedas desde tu casa. Así, si no puedes ir al centro, igual puedes participar desde donde estés.
- Art. 56El artículo 56 dice que los PILARES (que son centros comunitarios en la Ciudad de México) deben tener programas para enseñar cosas útiles a la gente. Por ejemplo, van a dar pláticas sobre cómo tener una alimentación sana, cómo cuidar el ambiente (como instalar sistemas para juntar agua de lluvia o hacer huertos urbanos) y cómo resolver problemas sin violencia. También van a ayudar a las personas a desarrollar habilidades como manejar sus emociones, usar la tecnología y mantenerse activos físicamente. Además, enfocado en la salud, van a enseñar a las mujeres y jóvenes a detectar a tiempo el virus del papiloma humano, el cáncer de mama y el de cuello uterino, y a los hombres jóvenes a detectar el cáncer de próstata.
- Art. 57El Artículo 57 dice que los centros PILARES ofrecen varios programas de apoyo, pero estos no son los únicos que pueden existir. Por ejemplo, hay un programa que da dinero a los maestros y talleristas que dan clases o asesorías en las Ciberescuelas de PILARES. Otro programa apoya económicamente a quienes dan talleres de oficios, emprendimiento o comercio digital para que la gente pueda ser más independiente económicamente. También está la Beca PILARES, que es un apoyo para jóvenes de 15 a 29 años que ya terminaron la secundaria y quieren certificar su educación básica o media superior, y para los de 18 a 29 años que estudian en universidades públicas de la Ciudad de México. Además, hay un programa llamado Ponte Pila, que promueve actividades deportivas y recreativas en espacios públicos, sobre todo para grupos que necesitan atención especial. La Secretaría puede crear nuevos programas, o cambiar o cancelar los que ya existen, según lo que necesiten los PILARES y el presupuesto que tengan. Para eso, cada año se publican las reglas y convocatorias correspondientes.
- Art. 58Este artículo dice que en el sistema educativo de la Ciudad de México, hay escuelas que tienen un propósito especial, diferente a las escuelas normales (como primarias o secundarias regulares). Por ejemplo, están las escuelas para personas que están en la cárcel, para quienes se rehabilitan de una adicción, para educación especial, o para aprender artes, oficios o industrias. En pocas palabras, son planteles educativos que atienden necesidades muy específicas de ciertos grupos de personas.
- Art. 58 BisEn la Ciudad, todas las personas tienen derecho a acceder a la ciencia, la tecnología y la innovación. Esto es parte del bienestar de cada quien y de la sociedad en general. El Gobierno de la Ciudad va a ayudar a que puedas usar, desarrollar y disfrutar libremente de estos avances, además de garantizar que los investigadores trabajen sin restricciones. Las reglas de este sistema se basan en la ley nacional, a menos que haya disposiciones distintas en la ley local. En pocas palabras: tienes derecho a que la ciencia y la tecnología estén a tu alcance y beneficio.
- Art. 58 QuáterLa Secretaría trabajará con las escuelas y universidades públicas de la Ciudad de México para apoyar la ciencia, la tecnología y la innovación. Esto incluye financiar investigaciones, dar becas para maestrías y doctorados, y crear programas para que los jóvenes se interesen por estas áreas. También se buscará que los resultados de las investigaciones ayuden a mejorar las políticas públicas de la ciudad y se compartan tanto en México como en el extranjero. En pocas palabras, se trata de que el gobierno y las universidades unan fuerzas para impulsar el conocimiento y formar a más especialistas.
- Art. 58 TerLa Secretaría (la dependencia encargada de ciencia y tecnología) va a trabajar junto con otras autoridades para crear y apoyar proyectos de investigación, ya sea en ciencias, humanidades, tecnología o innovación. También se van a encargar de dar a conocer los resultados de estos estudios y desarrollos. Todo esto lo hacen para resolver problemas que afectan a la Ciudad de México, mejorar la economía y la sociedad, y que la gente viva mejor, sobre todo reduciendo las diferencias entre unos y otros. En pocas palabras, buscan que la ciencia y la tecnología ayuden a la ciudad a crecer de manera más justa.
- Art. 59La Secretaría de Educación (la dependencia del gobierno encargada de las escuelas) opina sobre los planes de estudio y lo que se enseña en kinder, primaria, secundaria y en las escuelas donde se preparan a los maestros de nivel básico. Esto lo hace junto con el Consejo de Participación Escolar de tu estado, pero solo sobre lo que decida la Autoridad Educativa Federal (la autoridad nacional). Además, la Secretaría le sugerirá a esa autoridad federal añadir temas propios de la Ciudad de México, como su historia, geografía, cultura, costumbres y tradiciones, para que los estudiantes los conozcan.
- Art. 60La Secretaría de Educación debe diseñar los planes de estudio, los cuales deben incluir: - Los objetivos generales de aprendizaje y, si aplica, las habilidades y conocimientos que los alumnos deben adquirir en cada nivel escolar. - Los temas mínimos que los estudiantes deben dominar para aprobar cada grado, basándose en investigaciones educativas y en lo que indique la autoridad federal. - Lo que necesitan los estudiantes para su desarrollo personal y social, así como para el crecimiento económico y cultural de la Ciudad. - Que el contenido de cada nivel tenga orden, relación y coherencia entre sí. - Los materiales y recursos didácticos que se recomiendan usar. - Las mejores formas de enseñar, tanto pedagógicas como didácticas. - Los criterios y procedimientos para evaluar si los estudiantes lograron los aprendizajes de cada nivel. - El uso de tecnologías de información y comunicación para aprender e investigar, según el nivel educativo.
- Art. 61Los planes de estudio deben ayudarte a desarrollar conocimientos, habilidades y actitudes según tu nivel escolar, desde básico hasta avanzado. Para lograrlo, las materias deben estar bien organizadas, con una secuencia lógica y sin saltos entre un tema y otro. También deben usar métodos de enseñanza y materiales útiles, como libros o actividades prácticas. Además, deben aplicar formas de evaluación justas para medir lo que realmente aprendiste. En pocas palabras, buscan que tu educación sea completa, ordenada y efectiva.
- Art. 62El artículo dice que todos los planes de estudio que apruebe el gobierno federal, los cambios que la Secretaría de Educación haga por ley, y los programas de las escuelas que dependen de esa misma secretaría, deben publicarse en el periódico o gaceta oficial de tu estado. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de lo que se va a enseñar en las escuelas públicas. En pocas palabras, la información sobre los planes de estudio tiene que ser pública y accesible para todos.
- Art. 63Este artículo dice que todas las materias y planes de estudio en las escuelas de la Ciudad de México deben enseñar, desde el respeto a los derechos humanos hasta la igualdad entre hombres y mujeres. También deben incluir temas como cuidar el medio ambiente y el agua, proteger a los animales porque sienten dolor y alegría, y promover la inclusión de todas las personas sin importar sus diferencias. Además, es obligatorio que los alumnos aprendan sobre la no violencia, la paz, y cómo convivir sanamente con los demás. Todo esto debe hacerse con la participación de estudiantes, maestros, autoridades y los papás o tutores.
- Art. 64Las maestras y maestros deben planear sus clases para que tú aprendas lo más posible. También tienen que incluir actividades relacionadas con fechas cívicas importantes, como el Día de la Independencia o el Día de la Bandera. Todo esto lo hacen para cumplir con los objetivos de educación que están marcados en la Constitución, en las leyes de educación y en las reglas locales de tu estado.
- Art. 65La Secretaría de Educación debe proporcionar a las escuelas públicas los materiales que los maestros necesiten para dar sus clases, como libros, cuadernos o guías. Al inicio del ciclo escolar, te tienen que entregar los libros de texto gratuitos de cada materia. Además, aunque ya te den esos libros, la Secretaría puede hacer materiales extra de apoyo si cree que ayudan a que aprendas mejor lo que marca el plan de estudios.
- Art. 66Cuando se hagan los planes de estudio para las escuelas, la Secretaría de Educación va a tomar en cuenta lo que digan los maestros, los jefes de las Alcaldías y el Consejo de Participación Escolar (que son grupos de padres y maestros). También escuchará a otras personas que trabajen en la educación. Pero al final, la decisión es de la Secretaría, solo está obligada a oír sus opiniones, no a hacer todo lo que le digan.
- Art. 67El artículo dice que la Secretaría de Educación va a buscar nuevas formas de enseñar para que los maestros den mejores clases y los alumnos aprendan más chido. Para lograr esto, puede hacer acuerdos con escuelas o centros que sean expertos en educación. O sea, pueden pedir ayuda a especialistas para mejorar cómo se enseña en las escuelas de la ciudad.
- Art. 68Las escuelas que son del gobierno federal o de la Ciudad, o que son privadas pero tienen permiso oficial para dar clases, son súper importantes para la educación. Además de enseñarles a los alumnos, también deben servir como centros de aprendizaje para toda la comunidad, como talleres o cursos para los vecinos. Esto significa que no solo los estudiantes usan la escuela, sino que también puede ser un lugar donde la gente del barrio aprenda cosas útiles.
- Art. 69Este artículo dice que todos los edificios, terrenos, muebles e instalaciones que se usan para dar clases en escuelas públicas y privadas (con permiso oficial) forman parte del sistema educativo de la Ciudad. Eso no significa que los dueños particulares pierdan la propiedad de sus escuelas, solo que deben seguir las reglas del sistema. Tanto las escuelas públicas como las privadas tienen que cumplir con los requisitos mínimos que pongan las autoridades educativas federales y locales para dar una educación de excelencia, equitativa e inclusiva. También deben respetar todas las leyes y reglamentos federales y locales que hablen sobre educación.
- Art. 70El Gobierno de la Ciudad va a crear un sistema de información para llevar un registro de todos los planteles educativos (escuelas, preparatorias, etc.) que hay. Esto servirá para revisar su estado, saber qué mantenimiento o reparaciones necesitan, y planear cómo prevenir accidentes o desastres. Las reglas de cómo va a funcionar ese sistema, cómo se va a actualizar y sus detalles, las pondrá la autoridad educativa federal junto con el Gobierno de la Ciudad, como lo marca la ley general.
- Art. 71El Artículo 71 dice que para construir, arreglar, mantener o mejorar las escuelas públicas de la Ciudad de México, el Gobierno local y la autoridad educativa federal trabajarán juntos. También participarán los Comités Escolares de Administración Participativa (que son grupos de padres, maestros y alumnos que ayudan en la escuela) o grupos similares. Todo esto se hará siguiendo las reglas de la Ley General de Infraestructura Educativa, que es la ley nacional que dice cómo deben ser los planteles escolares. En pocas palabras, se asegura que las escuelas tengan lo necesario para funcionar bien, pero siempre respetando lo que marca la ley federal.
- Art. 72Este artículo dice que todas las escuelas públicas y privadas que tengan permiso oficial deben cumplir con las leyes para funcionar y tener un plan de protección civil, como lo pide la ley de la Ciudad de México. Si ocurre un desastre o emergencia, lo más importante será arreglar o reconstruir las escuelas públicas, y para eso el gobierno federal y el de la ciudad pondrán dinero y acciones, según el riesgo, los estudios de daños y el presupuesto disponible. La Secretaría de Educación se encargará de que las clases no se detengan, usando lo que tenga a su alcance para seguir el servicio.
- Art. 73En las escuelas que están en zonas de la Ciudad de México donde no llega suficiente agua, van a trabajar junto con el Sistema de Aguas para instalar equipos que capturen el agua de lluvia y la puedan usar. Esto significa que, en lugar de desperdiciarla, van a juntarla y aprovecharla para cosas como regar o limpiar. La ley no dice que sea obligatorio en este momento, solo que se va a fomentar o promover que así se haga.
- Art. 74Las personas normales (como tú o cualquier ciudadano) pueden abrir escuelas o dar clases en cualquier nivel, desde kinder hasta universidad, siempre que sigan las leyes del país y de la ciudad. Para la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, sí o sí necesitas pedir permiso a la Secretaría de Educación antes de empezar. Para otros niveles como preparatoria o universidad, puedes solicitar que el gobierno reconozca oficialmente tus estudios. Ese permiso o reconocimiento es solo para el plan de estudios que presentaste; si quieres dar clases con un plan diferente, necesitas un nuevo permiso. Cuando obtienes ese reconocimiento oficial, tu escuela pasa a formar parte del sistema educativo de la Ciudad de México.
- Art. 75La Secretaría de Educación te va a dar permiso oficial para abrir una escuela o para que tus estudios tengan validez oficial, solo si cumples con todo lo que pide la ley y además tienes lo siguiente: Primero, maestros que estén bien preparados y cumplan los requisitos de la Ley General de Educación. Segundo, que tu escuela tenga instalaciones adecuadas para dar clases, limpias, seguras y con lo necesario en caso de emergencias o desastres. Tercero, un programa para prevenir accidentes y un plan de qué hacer si ocurre una emergencia. Cuarto, para carreras distintas a primaria, secundaria o formación de maestros de nivel básico, también necesitas planes de estudio que la autoridad educativa apruebe.
- Art. 76Cada año, las autoridades educativas de la Ciudad deben publicar una lista de las escuelas que tienen permiso oficial para dar estudios válidos. Esa lista la van a poner en el periódico oficial de la ciudad y en la página web de la Secretaría de Educación. También deben avisar públicamente si una escuela se agrega o se quita de esa lista, porque le dieron, le quitaron o le cancelaron el permiso. Así todos podemos saber qué escuelas están autorizadas y cuáles no.
- Art. 77Si eres dueño o encargado de una escuela privada en la Ciudad de México, tienes que cumplir varias obligaciones. Primero, debes seguir las leyes de educación del país y de la ciudad, y usar los planes de estudio que las autoridades aprueben. Además, estás obligado a dar becas a por lo menos el 5% de tus alumnos, y esas becas pueden ser descuentos en inscripción o colegiaturas, sin pedir nada a cambio al estudiante. También tienes que informar cada seis meses a la Secretaría de Educación cómo va tu escuela, aceptar supervisiones, y poner en tus documentos oficiales que estás autorizado por el gobierno. Por último, debes capacitar a tus maestros en derechos humanos y contra la discriminación, y en caso de desastre o emergencia, dar becas especiales a víctimas si el gobierno te lo pide.
- Art. 78Las autoridades que dan permiso a escuelas o programas de estudio para funcionar legalmente tienen la obligación de revisar y supervisar que esos servicios educativos cumplan con lo prometido. Cuando van a hacer una revisión, deben llevar una orden por escrito que diga en qué lugar, qué día y sobre qué temas van a inspeccionar. La persona que hace la visita tiene que mostrar su credencial oficial; al terminar, se firma un acta con los que participaron y dos testigos. Si el dueño de la escuela se niega a firmar el acta, eso no la hace inválida, y le dan una copia. Además, después de la visita, los dueños de la escuela tienen cinco días hábiles para entregar documentos que aclaren lo revisado.
- Art. 79La Secretaría de Educación puede quitarle el permiso a una escuela de educación inicial, preescolar, primaria o secundaria si esa escuela incumple lo que dice la Ley General de Educación, la ley local u otras reglas que aplican. Pero para poder hacerlo, la Secretaría tiene que seguir los pasos y trámites que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, como notificar a la escuela y darle chance de defenderse.
- Art. 80El artículo 80 dice que si el gobierno (la Secretaría de Educación) le quita el permiso a una escuela particular para dar clases, pero eso pasa cuando ya empezó el año escolar, la Secretaría puede decidir en qué fecha cerrar la escuela. Esto lo hace para que los alumnos puedan terminar su ciclo escolar sin problemas. Si es necesario, también los va a ayudar a cambiarse a otra escuela para que no pierdan el año.
- Art. 81Si la autoridad educativa te niega o rechaza un trámite sobre la validez oficial de tus estudios, como el registro de una escuela o un título, tú puedes inconformarte. Primero, tienes derecho a presentar un recurso de inconformidad, que es como una queja formal ante la misma autoridad para que revise su decisión. O también puedes ir directamente a un juez para que resuelva el problema, según lo que te convenga más. En pocas palabras, no te tienes que quedar callado si no estás de acuerdo con lo que te dijeron.
- Art. 82Los particulares que den cursos o clases que no tengan validez oficial (como algunos diplomados o talleres) están obligados a decirlo claramente en sus documentos y anuncios. Es decir, si ofreces un curso que no te da un título reconocido por el gobierno, tienes que informarlo en los papeles que entregues y en la publicidad que hagas. Esto aplica tanto para la educación básica como para la universidad según las leyes correspondientes. La idea es que la gente sepa de frente si lo que va a estudiar tiene validez oficial o no.
- Art. 83Este artículo habla sobre la educación virtual o a distancia que no necesita tener validez oficial, como algunos cursos o talleres en línea. Los que ofrecen este servicio deben cumplir con los requisitos que ponga la Secretaría de Educación Pública. También tienen que seguir las leyes y reglas que aplican al medio que usen, ya sea internet, televisión o radio. En pocas palabras, si das clases por internet sin que sean oficiales, debes seguir lo que la autoridad educativa y las leyes te pidan.
- Art. 84Las autoridades de educación y las escuelas en la Ciudad deben tomar acciones para que todas las personas puedan disfrutar completamente su derecho a estudiar, de manera justa y sin favoritismos. También deben asegurarse de que todos tengan las mismas oportunidades para entrar y quedarse en la escuela. Para lograrlo, tienen que enfocarse en ayudar a los grupos que están en situación más difícil, como quienes viven en zonas con menos escuelas o en condiciones económicas complicadas. La meta es que nadie se quede sin estudiar por falta de apoyo o por vivir en desventaja.
- Art. 85El Gobierno de la Ciudad, a través de su Secretaría de Educación, es el responsable de que las escuelas públicas siempre estén mejorando. Esto significa que deben lograr que los alumnos se desarrollen al máximo, tengan un nivel académico excelente y aprendan cosas útiles para la sociedad, la economía, la ciencia y la tecnología. Para lograrlo, las clases deben ser impartidas por profesionales que también sepan enseñar, en instalaciones adecuadas, con contenidos que sirvan tanto para la Ciudad como para todo el país, y con los materiales, tecnología y métodos necesarios para que los estudiantes tengan una formación completa y equilibrada.
- Art. 86La Secretaría de Educación tiene que hacer varias cosas para que todos los niños y jóvenes puedan entrar, quedarse, terminar la escuela a tiempo y sacar buenas calificaciones, pero eso solo lo hará si tiene el dinero y la capacidad para hacerlo. Por ejemplo, va a crear formas especiales para que cada comunidad pueda inscribir a sus hijos según sus necesidades, y va a darles libros y materiales a los estudiantes de primaria y secundaria. También va a apoyar escuelas con horario extendido, dándole preferencia a hijos de mamás solteras o que trabajan, y va a respaldar lugares como guarderías, albergues y centros donde los niños puedan aprender y desarrollarse. Además, va a poner bibliotecas en las escuelas y colonias, y va a dar servicios básicos como luz y agua a todos los planteles. Por último, va a ofrecer cursos para que en las escuelas se respeten los derechos humanos, se trate a todos por igual y se acaben los malos tratos y prejuicios contra las personas que más lo necesitan.
- Art. 87El Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de mejorar la educación pública para que más personas puedan entrar a la escuela, quedarse, avanzar y terminar sus estudios. Para lograrlo, va a crear programas de apoyo económico o social que serán manejados por distintas oficinas del gobierno y las alcaldías, según lo decida el Jefe de Gobierno. Además, el dinero para estos programas es obligatorio y cada año debe aumentar al menos lo que subió la inflación del año anterior. También se tienen que hacer ajustes especiales en estos apoyos para que las personas con discapacidad o con pocos recursos no se queden sin estudiar, sobre todo si el gobierno no les ofrece una escuela cerca. Eso sí, el gobierno puede decidir crear, cambiar, juntar o cancelar estos programas cuando quiera.
- Art. 88Cada año, el gobierno de la Ciudad tiene que publicar las reglas de cómo funcionan los programas sociales de los que habla esta ley. Esas reglas se publican en la Gaceta Oficial para que todas y todos las conozcan. Además, estos programas deben ser evaluados seguido, según lo que marca la ley. Al operar, deben cumplir con principios como tratar a todos por igual, sin discriminación, incluir a quienes más lo necesitan, ser claros en cómo usan los recursos y cuidar tu información personal.
- Art. 89La Secretaría (que sería la dependencia del gobierno encargada de esto) tiene la obligación de proteger dos derechos importantes para las familias. El primero es el programa "La Escuela es Nuestra", que da dinero cada año a las escuelas públicas de nivel básico para que los padres y madres de familia, junto con las autoridades educativas, lo usen en el mantenimiento de los planteles. Quienes estén a cargo de ejecutar y vigilar esos proyectos deben ser elegidos de manera democrática, es decir, con la participación de todos. El segundo es la Beca "Bienestar para niñas y niños" y la de Útiles y Uniformes, que da una beca mensual por cada niño, niña o adolescente inscrito en escuelas públicas desde preescolar hasta secundaria, por al menos 10 meses al año, y el monto no puede ser menor al que se dio el ciclo escolar anterior.
- Art. 90El DIF de la Ciudad de México se encarga de dos programas: uno de alimentos escolares y otro llamado Beca Leona Vicario. El primero consiste en darles comidas nutritivas y seguras (frías o calientes) a niños de preescolar, primaria y centros de atención múltiple, sobre todo a los que viven en zonas más marginadas. También les dan pláticas sobre buena alimentación para que crezcan sanos. El segundo es una beca que da dinero cada mes, además de servicios y actividades, a niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años 11 meses que están en situaciones muy difíciles, para ayudarles a tener acceso a educación y comida. Para ambos programas, hay que cumplir con los requisitos que vienen en las Reglas de Operación vigentes.
- Art. 91El Artículo 91 ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 2 de junio de 2023 en la Ciudad de México. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que ese artículo deja de existir y ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En este caso, solo indica que esa parte de la ley fue borrada y ya no aplica.
- Art. 92Que los programas sociales se van a llevar a cabo siguiendo las reglas específicas que se publiquen para cada uno. Esas reglas son como el instructivo que dice cómo funciona el programa, quién puede recibirlo y qué pasos seguir. En pocas palabras, todo se hace conforme a lo que esté escrito en esas reglas, no como a alguien se le ocurra.
- Art. 93La Secretaría de Educación, junto con la autoridad educativa federal y el Consejo de Participación Escolar de la Ciudad, son los encargados de revisar cómo funciona el sistema educativo local. Lo hacen siguiendo las reglas que marca la Ley General de Educación y la ley de la Ciudad. Esto quiere decir que entre todos verifican si las escuelas están cumpliendo bien su labor, sin que uno solo tome la decisión. Es como cuando en equipo revisan los resultados de un examen para ver qué se puede mejorar.
- Art. 94El artículo 94 dice que la evaluación del sistema educativo debe incluir, al menos, lo siguiente: un diagnóstico general de cómo están las escuelas en la Ciudad, revisando cuántos alumnos pueden entrar, si es fácil acceder, cuántos terminan sus estudios, dónde hay más o menos escuelas según la demanda, y qué nuevas necesidades educativas surgen según lo que requiere la Ciudad y el país. También se debe evaluar el personal, los recursos económicos y materiales con los que se cuenta, y cómo están distribuidos en cada nivel y tipo de educación. Hay que revisar si se están cumpliendo los objetivos de la educación y en qué se ha avanzado o qué falla. Además, se debe ver si las escuelas están logrando sus metas y cumpliendo con los planes de estudio. Por último, se deben dar recomendaciones para mejorar siempre el sistema educativo y hacer un análisis de lo que se necesitará en el futuro.
- Art. 95Este artículo dice que cada año, al terminar el ciclo escolar, se revisará cómo está funcionando el sistema educativo de la Ciudad de México. Los resultados de esa revisión se presentarán en una junta encabezada por el secretario de educación, donde participarán todos los involucrados en las escuelas. La evaluación no será solo al final, sino que también se hará de manera constante en cada plantel, siguiendo las reglas que pongan las autoridades educativas federales y locales. Los consejos de maestros, supervisores y jefes de zona tienen la obligación de participar en estas revisiones. El objetivo final es detectar qué apoyos necesita cada escuela, qué problemas tiene y cómo resolverlos para que funcione mejor.
- Art. 96El artículo 96 dice que los planes de estudio y los programas de las escuelas deben revisarse de forma constante y organizada. Esto sirve para checar que estén completos, que los temas tengan sentido con lo que ya sabes, que sean útiles para la vida real y para ver si necesitan actualizarse. En otras palabras, es como darle mantenimiento a lo que aprendes, para que siempre esté al tiro y sirva de verdad.
- Art. 97Las calificaciones de los alumnos se basan en lo que deben aprender según su grado escolar, como conocimientos, actitudes y habilidades. También toman en cuenta si cumplen con los objetivos que marca el plan de estudios de cada materia. Los programas escolares deben incluir reglas claras sobre cómo se evalúa el aprendizaje y cómo se aprueba el año. En pocas palabras, así se aseguran de que los estudiantes realmente estén aprendiendo lo que necesitan.
- Art. 98Las escuelas tienen la obligación de avisarte de forma constante cómo le va a tu hijo en sus materias, ya sea con calificaciones o reportes de su aprovechamiento. También deben informarte si hay algo importante que debas saber sobre su avance en la escuela. Esto aplica para mamás, papás o cualquier persona que cuide al niño. Es un derecho que tienes para estar al tanto de su educación.
- Art. 99Las calificaciones y exámenes que hacen las escuelas se deben hacer públicas para que todos las conozcan. Con esos resultados se puede ver si se están cumpliendo las metas que la escuela se propuso. Si algo no sale bien, la escuela podrá hacer los cambios necesarios en su plan de trabajo.
- Art. 100El artículo 100 dice que las reglas para evaluar a maestros y personal de apoyo, cuando busquen un ascenso o un reconocimiento en escuelas que dependen del gobierno federal, deben seguir lo que marcan la Constitución, la Ley General de Educación, la Ley del Sistema de Carrera para Maestros y otras leyes relacionadas. En otras palabras, no se pueden hacer evaluaciones por su cuenta, sino que tienen que apegase a lo que ya está establecido en esas leyes.
- Art. 101Para saber cómo se evalúa a las maestras y maestros que trabajan en escuelas de la autoridad educativa federal (como las de la SEP), esta ley te dice que no tienes que buscar aquí la respuesta. Esa evaluación, que sirve para que los maestros se actualicen y sigan aprendiendo, se va a regir por lo que dicen otras leyes más importantes, como la Constitución y varias leyes generales de educación. En pocas palabras, este artículo solo te avisa que el tema de la evaluación está regulado en otro lado.
- Art. 102La evaluación de maestros y personal de apoyo de escuelas del Gobierno de la Ciudad se hace para contratarlos, subirlos de puesto, darles premios o capacitarlos. Todo ese proceso debe seguir las reglas y los lineamientos que publique la Secretaría de Educación, como quien dice, ellos ponen las condiciones. En otras palabras, si quieres ser maestro o ascender, te evaluarán con base en las instrucciones oficiales que saquen. Esto aplica solo para escuelas que dependen del gobierno de la Ciudad, no para las particulares.
- Art. 103Si estudias en una escuela de la Ciudad de México que forme parte del sistema educativo local, tus estudios son válidos en todo el país, no importa a qué estado te vayas. Cuando termines tus estudios, esa escuela te dará un certificado, diploma, título o constancia, según lo que hayas cursado. Para que ese documento sea válido, la escuela debe registrar tu información en el Sistema de Información y Gestión Educativa, que es como una base de datos oficial. Así, tu título o certificado servirá en cualquier parte de México sin problemas.
- Art. 104Si estudiaste en otro país o en una escuela que no forma parte del sistema educativo mexicano, tus estudios pueden ser reconocidos como válidos oficialmente mediante un trámite llamado "revalidación". Para que esto funcione, debes cumplir con las reglas que establece la autoridad educativa federal (la Secretaría de Educación Pública a nivel nacional). En la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Educación local, es quien puede otorgar esa revalidación. Para otros tipos de estudios que no estén mencionados aquí, tanto la Secretaría de Educación de la Ciudad como la autoridad federal trabajan juntas para hacer la revalidación o el reconocimiento de equivalencias (que tus estudios tengan el mismo valor que otros). Todo esto se hace siguiendo lo que dice la Ley General de Educación, esta ley local y otras reglas aplicables. Además, la Secretaría y las escuelas (públicas o privadas) que hacen estos trámites deben simplificarlos para que sean más rápidos, justos, flexibles y accesibles. También deben usar herramientas electrónicas para verificar que los documentos (como títulos o certificados) sean auténticos, sin importar si vienen de México o del extranjero.
- Art. 105Si estudiaste fuera de México, puedes hacer que tu escuela, diploma o certificado sea reconocido oficialmente aquí. Para lograrlo, solo tienes que cumplir con lo que piden las leyes aplicables, como la Ley General de Educación y otras reglas del sistema. No hay requisitos secretos ni trámites imposibles: es cuestión de seguir el proceso que marcan las autoridades.
- Art. 106Si eres mamá, papá, tutor o cuidador de un niño o adolescente, tienes derecho a inscribirlo en la escuela para que estudie desde maternal hasta preparatoria, o educación especial si lo necesita. Puedes hablar con los maestros y directores para resolver problemas escolares, y te deben informar seguido cómo va en sus materias. También puedes unirte a las asociaciones de padres de familia o a los consejos escolares para opinar sobre la escuela. Si algo no te gusta del servicio, puedes quejarte y te tienen que explicar qué hicieron con tu queja. Además, tienes derecho a saber en qué se gasta el dinero de la escuela, proponer mejoras, participar en las brigadas de protección civil, y pedir apoyo psicológico o legal si lo necesitas.
- Art. 107Si eres mamá, papá, tutor o tienes la custodia de un niño o adolescente, tienes derecho a opinar y participar en cómo lo educan. Esto significa que puedes involucrarte en su escuela, en las decisiones sobre su formación y en lo que aprende, siempre y cuando lo hagas siguiendo las leyes que regulan la educación. En pocas palabras, la ley te da voz en la educación de los menores que están bajo tu cuidado.
- Art. 108Si eres mamá, papá, tutor o quien tiene la custodia de un niño o adolescente, tienes la obligación de llevarlo a la escuela para que curse hasta la preparatoria, ya sea en escuela pública o privada autorizada, o si lo necesita, en educación especial. Debes checar seguido cómo va en sus estudios y apoyarlo para que no abandone la escuela, además de cooperar con los maestros para resolver cualquier problema que tenga. Si hay señales de violencia o acoso escolar hacia tu hijo, tienes que trabajar junto con la escuela para identificarlo y atenderlo. También te toca entregar un certificado médico completo del sector salud al inicio del ciclo escolar (en máximo dos meses), cumplir con el reglamento de la escuela y ayudar en las actividades que te pidan para cuidar la seguridad de los alumnos.
- Art. 109Todas las personas que vivan en la Ciudad tienen derecho a entrar al sistema educativo local. El único requisito es cumplir con lo que piden las reglas oficiales, como documentos o trámites. No te pueden negar la entrada por otra razón. En pocas palabras, si vives aquí y cumples los requisitos, puedes estudiar.
- Art. 110Este artículo dice que las niñas, niños y adolescentes tienen prioridad para que se les respeten y cumplan sus derechos en la educación, tal como lo marca la Constitución y otras leyes. Básicamente, las autoridades deben asegurarse de que los jóvenes tengan acceso a la escuela y a todo lo que necesiten para aprender, antes que otras cosas. Es como una regla que pone a los estudiantes al centro de las decisiones educativas.
- Art. 111Si estudias en cualquier escuela pública de la Ciudad de México, desde preescolar hasta preparatoria, tienes varios derechos. Por ejemplo, recibir una educación de excelencia, que te inscriban sin problemas en la escuela pública, y que te respeten tal cual eres, incluyendo tu identidad de género y tus creencias. También tienes derecho a que te den clases de sexualidad completas y científicas, a que te cuiden tu integridad física y mental, y a saber cómo te van calificando. Además, si tienes un embarazo o estás amamantando, la escuela debe darte facilidades para que no dejes tus estudios, y si sufres de menstruación muy dolorosa, puedes justificar tus faltas sin que te castiguen o te bajen calificaciones, y hasta reprogramar exámenes si los pierdes por eso.
- Art. 112Como estudiante, tienes la obligación de seguir las reglas de la escuela donde estás inscrito. Esto aplica desde el reglamento interno hasta las indicaciones de los maestros o directivos. Básicamente, al entrar a una escuela, aceptas cumplir con lo que ahí se pide para que todo funcione bien. Si no lo haces, podrías enfrentar consecuencias como llamados de atención o medidas disciplinarias.
- Art. 113Los maestros, directores y supervisores de escuelas públicas de la Ciudad (desde kínder hasta preparatoria) tienen los mismos derechos y obligaciones que marca la ley más importante del país (la Constitución), la ley local, la Ley General de Educación, la Ley del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, y otras normas de trabajo y educación. En pocas palabras, como maestro o directivo, te toca cumplir con todas esas reglas, pero también te protegen.
- Art. 114Para dar clases en cualquier nivel o tipo de escuela del Sistema Educativo de la Ciudad, los maestros deben comprobar que tienen los estudios y la capacidad necesaria para enseñar la materia que dan. Esto significa que no cualquiera puede dar clases, sino que deben cumplir con lo que la ley exige para su profesión. En pocas palabras, los profesores tienen que estar preparados y autorizados para dar su materia, siguiendo las reglas oficiales. Así se asegura que quienes te enseñan realmente saben del tema.
- Art. 115Los maestros que trabajan en la Ciudad tienen derecho a un sueldo justo, que les alcance para vivir bien ellos y su familia, y para echar raíces en las comunidades donde dan clases. También deben poder acceder a una vivienda digna y tener tiempo suficiente para preparar sus clases. Además, la ley les garantiza tiempo para actividades que los ayuden a crecer como personas y como profesionales. En pocas palabras, busca que los profes tengan una vida tranquila y puedan hacer bien su labor.
- Art. 116Los maestros de primaria, secundaria y preparatoria tienen que usar el tiempo de clases principalmente para que los alumnos aprendan. Además, están obligados a seguir el calendario escolar que ya está definido, sin desviarse de lo planeado.
- Art. 117Los maestros y todo el personal que trabaja en las escuelas deben estar preparados para proteger y cuidar a los alumnos. Ellos tienen la responsabilidad de vigilar a los estudiantes y evitar que sufran cualquier tipo de maltrato, violencia, abuso o explotación sexual o laboral. Si algún maestro o trabajador de la escuela se entera de que un alumno fue víctima de un delito, tiene la obligación de reportarlo a la autoridad correspondiente de inmediato.
- Art. 118Los maestros y los alumnos del sistema educativo de la Ciudad deben seguir los planes de estudio que marca el gobierno, y también cumplir con el calendario escolar. Ese calendario tiene que ser publicado a tiempo en la gaceta oficial de la Ciudad para que todos lo conozcan.
- Art. 119Los días que marca el calendario oficial, las horas de clase se usan para dar clases y hacer actividades con los alumnos, tal como lo dicen los planes de estudio. Si por alguna emergencia, como desastres naturales o problemas sociales, se cancelan las clases, las autoridades educativas de la Ciudad tienen que hacer cambios al calendario para recuperar el tiempo que se perdió.
- Art. 120Este artículo dice que cuando sea necesario parar las clases de manera extraordinaria, o sea, por una razón especial y fuera de lo común, solo una autoridad escolar con el poder para hacerlo puede dar el permiso. Nadie más, como papás, maestros o directores sin autorización, puede decidir por su cuenta suspender las actividades.
- Art. 121Las autoridades educativas de la Ciudad pueden invitar a la sociedad a participar en actividades para asegurar que todos tengan derecho a la educación, pero siguiendo las reglas que ponga el gobierno federal. Esto significa que escuelas, padres de familia y organizaciones pueden colaborar siempre y cuando se apeguen a lo que marque la autoridad educativa nacional. No pueden hacerlo por su cuenta, necesitan respetar los lineamientos federales. En pocas palabras, se busca que todos trabajen juntos, pero bajo las mismas reglas.
- Art. 122Cada escuela decide si quiere tener o no un Consejo de Participación Escolar (o algo parecido). Si lo forma, ahí entran alumnos, mamás, papás, maestras y maestros para opinar y ayudar en varias cosas. Por ejemplo, pueden sugerir mejoras basadas en los resultados de las evaluaciones escolares, proponer reconocimientos para la comunidad escolar, o ayudar a que se respeten los derechos humanos y la integridad de todos. También pueden organizar planes de protección civil, cooperativas de comida saludable, y campañas de prevención del cáncer, siempre con honestidad y transparencia.
- Art. 123En cada alcaldía de la Ciudad de México se puede formar un Consejo de Participación Escolar, donde participan las autoridades de la alcaldía, papás, mamás y maestros. Estos consejos pueden hacer varias cosas para ayudar a las escuelas, como gestionar mejoras en los servicios educativos, construir o ampliar escuelas públicas tomando en cuenta a personas con discapacidad, y apoyar actividades culturales, deportivas o sociales entre escuelas. También pueden proponer ideas para los planes de estudio, ayudar en temas de seguridad y protección civil, y promover cursos para que los padres cumplan mejor con sus obligaciones escolares. Además, pueden sugerir reconocimientos para alumnos y maestros que se involucren con la comunidad, y buscar recursos extras para mantener y equipar las escuelas públicas. En resumen, su objetivo es apoyar y fortalecer la educación en su zona.
- Art. 124En la Ciudad se puede crear un consejo local de participación escolar, que sirve para que padres, madres, alumnos y maestros den su opinión y apoyo a las escuelas. Este consejo se encarga de organizar actividades culturales, deportivas y de ayuda a la comunidad, además de apoyar en emergencias y protección civil. También escucha los problemas que tengan los consejos escolares y los de las Alcaldías, para gestionar soluciones con las autoridades correspondientes. Su objetivo es colaborar para que la educación sea mejor y llegue a más personas.
- Art. 125El gobierno federal y el gobierno de la Ciudad de México se ponen de acuerdo para poner dinero y mantener los servicios de educación, siempre siguiendo las reglas de cómo se gasta el presupuesto. Todo el dinero que llegue del gobierno federal para la educación solo se puede usar en la Ciudad de México y nada más en dar clases y hacer actividades educativas.
- Art. 126Para el gobierno de la Ciudad de México, la educación pública es una de las cosas más importantes. Por eso, se van a destinar más recursos económicos cada año para mejorarla, siempre y cuando haya dinero disponible en el presupuesto. Esto significa que el gasto en educación debe subir año con año, tomando en cuenta la inflación. Se eliminó una parte de este artículo que ya no es válida.
- Art. 127El dinero que la Ciudad de México le asigna a la educación se va a calcular pensando en que los servicios educativos siempre mejoren. La prioridad es que todos tengan las mismas oportunidades, sin importar su situación, y que nadie sea discriminado al ejercer su derecho a estudiar. Para lograrlo, se van a destinar apoyos especiales a las personas o grupos que estén en condiciones más difíciles. El presupuesto debe cubrir lo necesario en dinero, personal y materiales para que los estudiantes tengan una educación de muy buena calidad.
- Art. 128La Secretaría (la dependencia del gobierno que se encarga de la educación) tiene que cumplir con todas las reglas federales y locales sobre transparencia (que la información sea pública), acceso a la información (que puedas pedir y obtener datos oficiales), rendición de cuentas (explicar cómo gasta el dinero), control interno (revisarse a sí misma) y auditoría superior (que un organismo externo verifique las cuentas). Todo esto lo debe hacer específicamente cuando maneje el presupuesto destinado a la educación. Básicamente, la Secretaría no puede gastar el dinero de la educación a escondidas, sino que debe mostrar y justificar cada gasto.
- Art. 129Este artículo de la Ley describe una lista de faltas graves que pueden cometer las escuelas, maestros o personal educativo. Básicamente, son acciones prohibidas, como no seguir lo que dice la Constitución y las leyes de educación, o violar los derechos de los alumnos y sus papás. También es falta suspender clases sin una razón de peso, no usar los libros de texto oficiales que da la Secretaría de Educación, o pasar a un alumno de grado y darle un certificado o título sin que realmente haya cumplido con los requisitos. Otras faltas incluyen: vender o hacer publicidad de productos dañinos para la salud (como cigarros o comida chatarra) dentro de la escuela, negarse a que las autoridades educativas hagan inspecciones, dar clases sin título o autorización, o no cumplir con los planes de estudio. Por último, se considera una infracción muy grave cualquier discriminación o hacer actividades que pongan en peligro la integridad física o emocional de los estudiantes.
- Art. 130Este artículo explica cómo se castigan las faltas de la lista anterior. Dependiendo de qué tan grave sea la falta, te pueden aplicar: un llamado de atención por escrito; una multa de hasta 5,000 veces la Unidad de Medida (como 5,000 * $108.57, aprox. $542,850 en 2024, pero su valor cambia cada año), y si reincides, la multa se puede duplicar; pueden cancelar el permiso de tu escuela o retirar el reconocimiento oficial de sus estudios; y en casos específicos sobre venta de tabaco o faltas muy graves, además de la multa, pueden cerrar el plantel. Todo esto es aparte de otros castigos que puedan venir de otras leyes.
- Art. 131Si la autoridad educativa cree que cometiste una falta grave, te avisará por escrito y te dará 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para que entregues pruebas o documentos que te ayuden a defenderte. Después, esa autoridad revisará lo que diste y lo que hay en el expediente para decidir si te castiga o no. Para aplicarte una sanción, tomarán en cuenta cosas como: qué tan grave fue lo que hiciste, si afectó a los estudiantes, si lo hiciste a propósito, si es primera vez que te pasa, y tu situación económica.
- Art. 132Si una escuela particular pierde el permiso para operar o se le cancela la autorización, la autoridad puede cerrarla. Los estudios que los alumnos ya hayan completado mientras la escuela tenía permiso siguen siendo válidos, pero los que empiecen después de la cancelación ya no cuentan. La autoridad debe tomar medidas para que los estudiantes no salgan perjudicados. Si la cancelación ocurre durante un ciclo escolar, la escuela puede seguir funcionando hasta que termine ese ciclo, pero solo si la autoridad lo permite y la vigila.
- Art. 133Si una escuela o autoridad educativa te niega algo importante (como el reconocimiento de tus estudios, una beca, o si te imponen una multa), tú puedes presentar un recurso de inconformidad. Esto es como un reclamo formal para decir "no estoy de acuerdo" ante la misma autoridad que tomó la decisión. Al analizar tu caso, esa autoridad puede dejar las cosas como están, cambiarlas o cancelarlas. Además, las autoridades tienen la obligación de decirte que puedes presentar este recurso o también demandar ante un juzgado especial llamado Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.