- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 116
Artículo 116 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los maestros de primaria, secundaria y preparatoria tienen que usar el tiempo de clases principalmente para que los alumnos aprendan. Además, están obligados a seguir el calendario escolar que ya está definido, sin desviarse de lo planeado.
Texto oficial
Artículo 116.- El personal docente de educación básica y media superior dedicará el tiempo escolar fundamentalmente a actividades de aprendizaje, debiendo cumplir con el calendario escolar establecido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.