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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion/116
Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
116

Artículo 116 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los maestros de primaria, secundaria y preparatoria tienen que usar el tiempo de clases principalmente para que los alumnos aprendan. Además, están obligados a seguir el calendario escolar que ya está definido, sin desviarse de lo planeado.

Texto oficial

Artículo 116.- El personal docente de educación básica y media superior dedicará el tiempo escolar fundamentalmente a actividades de aprendizaje, debiendo cumplir con el calendario escolar establecido.

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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