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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion/76
Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
76

Artículo 76 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, las autoridades educativas de la Ciudad deben publicar una lista de las escuelas que tienen permiso oficial para dar estudios válidos. Esa lista la van a poner en el periódico oficial de la ciudad y en la página web de la Secretaría de Educación. También deben avisar públicamente si una escuela se agrega o se quita de esa lista, porque le dieron, le quitaron o le cancelaron el permiso. Así todos podemos saber qué escuelas están autorizadas y cuáles no.

Texto oficial

Artículo 76.- Las autoridades educativas de la Ciudad publicarán anualmente, en el órgano de difusión local y en el portal digital de la Secretaría, una relación de las instituciones a las que se haya concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Asimismo, harán pública la inclusión o la suspensión en dicha lista de las instituciones a las que otorguen, revoquen o retiren las autorizaciones o reconocimientos respectivos.

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.